Subvenciones destinadas a financiar proyectos de formación en el sector del transporte por carretera.

Código de ayuda:

S44137/06

Norma:

ORDEN de 13 de septiembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/12/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta resolución es la convocatoria para el año 2007 de las subvenciones para la realización de cursos y actividades formativas, de perfeccionamiento o de reciclaje de los profesionales del sector del
transporte por carretera, promovidas y desarrolladas por las asociaciones profesionales de transportistas y organizaciones sindicales.

Quedan excluidos como cursos subvencionables los dirigidos a la obtención del certificado de capacitación profesional para el ejercicio de actividades de transporte interior e internacional de viajeros y mercancías.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima individualizada de la subvención a otorgar no podrá rebasar el 90 % del importe del presupuesto presentado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones profesionales de transportistas o de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera y las organizaciones sindicales.

En ambos casos, deberán estar legalmente constituidas y residenciadas en la Comunidad Autónoma de Aragón, con al menos un año de anterioridad a la publicación de la orden de convocatoria. Además no deberán encontrarse incursas en las causas de prohibición previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos generales que pueden tenerse en cuenta se determinarán mediante la aplicación de un porcentaje del 15% sobre los gastos de formación. Estos, incluirán los gastos de profesorado, material didáctico, aulas y equipos, publicidad y seguros obligatorios.

La partida de gastos generales incluirá los conceptos de dirección, coordinación, programación, seguimiento u otros equivalentes.

Cuando la acción formativa no sea gratuita para sus destinatarios, la entidad organizadora únicamente podrá percibir de éstos la cantidad correspondiente a los costes no subvencionados.

Requisitos:

Los requisitos que deberán reunir los beneficiarios son los enumerados en los artículos 3, 13 y 14 del Decreto 76/2006 de 21 de marzo, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento que establece las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de
formación en el sector del transporte por carretera.

Documentos asociados

Boletín: 03/04/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 39
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/11/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 132
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento