Subvenciones destinadas a financiar proyectos de creación de empresas dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional-FEDER.

Código de ayuda:

S47000/22

Norma:

ORDEN EYH/928/2022, de 21 de julio. ORDEN EYH/903/2023, de 13 de julio. Resolución de 3 de agosto de 2023.

Plazo de Solicitud:

Abierta con carácter indefinido.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar la financiación de los proyectos empresariales, dentro del ámbito territorial de Castilla y
León, con el fin de promover la creación de empresas, así como la creación de puestos de trabajo por cuenta ajena y/o el autoempleo vinculado a los mismos.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejeria de Economía y Hacienda (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiarias en las correspondientes convocatorias efectuadas al amparo de esta orden, en los términos que las mismas establezcan, las personas físicas y jurídicas que realicen proyectos de inversión dirigidos a la puesta en marcha de esa una nueva actividad subvencionable, pertenecientes a los sectores económicos no excluidos por el Reglamento de minimis e indicados en cada convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Con carácter general, se consideran costes o gastos subvencionables con la contribución de los Fondos FEDER, las inversiones y gastos realizados y abonados en los plazos establecidos en la convocatoria y en la resolución de concesión, que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios.

En cada convocatoria se especificarán aquellos costes o gastos subvencionables que pueden consistir en la adquisición de activos fijos materiales e inmateriales y los gastos que sean necesarios para el proyecto, que consistan en:

a) Obra civil y adquisición de bienes inmuebles.

b) Bienes de equipo.

c) Los trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los trabajos.

d) Otras inversiones en activos fijos materiales, tales como equipamientos informáticos, mobiliario de oficina, utillajes, utensilios necesarios para prestación del servicio, etc.

e) Otras inversiones en activos inmateriales, consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos no patentados siempre que reúnan los requisitos.

f) Los gastos notariales y registrales para la constitución de la sociedad.

g) Los gastos de consultoría externa para la elaboración del plan de empresa necesario para la puesta en marcha de la nueva actividad.

Documentos asociados

Boletín: 22/07/2022
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 141
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 20/07/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 139
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 09/08/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 152
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento