Subvenciones destinadas a financiar los gastos ordinarios de funcionamiento de las federaciones, confederaciones y las uniones de entidades sin ánimo de lucro de ámbito suprainsular que realizan programas del ámbito social.

Código de ayuda:

S26155/20

Norma:

Resolución de 4 de junio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de junio de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 80.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria de subvenciones es fomentar la participación social y potenciar el tejido asociativo mediante la financiación de los gastos ordinarios de funcionamiento de las federaciones, confederaciones y las uniones de entidades sin ánimo de lucro de ámbito suprainsular que llevan a cabo, exclusivamente, actuaciones a favor de personas dentro del ámbito social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Asuntos Sociales y Deportes (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Pueden solicitar las ayudas previstas en esta convocatoria las federaciones, confederaciones y las uniones de entidades que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a. Estar constituidas como entidades privadas sin ánimo de lucro.

b. Estar constituidas legalmente e inscritas, en la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, como entidades prestadoras de servicios sociales de ámbito suprainsular en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares, regulado en el capítulo II del Decreto 10/2013, de 28 de febrero, por el que se fijan los principios generales del Registro Unificado de servicios sociales de las Islas Baleares y de los procedimientos para la autorización y la acreditación de servicios sociales, y se regulan la sección suprainsular del Registro y los procedimientos para autorizar y acreditar servicios sociales de ámbito suprainsular.

c. Tener como objeto en los estatutos, exclusivamente, actuaciones o actividades en materia del ámbito social. El carácter social de las entidades, deberá quedar debidamente acreditado en sus estatutos.

d. Tener, de acuerdo con las entidades que integran la federación, confederación o unión de entidades, un ámbito de actuación material que afecte a alguno de los siguientes sectores de población:

Personas con discapacidad física, psíquica y sensorial.

Personas con diagnóstico de salud mental grave.

Personas mayores en situación de dependencia.

Personas en situación de pobreza o exclusión social.

e. Disponer de sede o delegación permanente y activa en las Islas Baleares.

f. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

g. Haber justificado las ayudas o las subvenciones que hayan recibido anteriormente de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

h. No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones que establecen el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones; la disposición final primera de la Ley 2/2018, de 13 de abril, de memoria y reconocimiento democráticos de las Islas Baleares, que modifica el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones en cuanto a la prohibición para ser beneficiario de la subvenciones por haber sido sancionada por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de la Memoria Democrática de las Islas Baleares, y el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.

y. No haber sido objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias condenatorias por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres

j. Tener un ámbito de actuación suprainsular.

Documentos asociados

Boletín: 13/06/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 107
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/06/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 107
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento