Subvenciones destinadas a financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratacion indefinida de trabajadoras y trabajadores de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S00600/12

Norma:

Orden HAC/33/2011, de 22 de diciembre. Real Decreto 469/2006, de 21 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/01/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria para el año 2012 de subvenciones destinadas a financiar costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de personas trabajadoras de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo, reguladas en el Real Decreto 469/2006, de 21 de abril.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de dichas subvenciones se establece en un máximo de 1.200 euros anuales por cada persona trabajadora con el tipo de limitación en la actividad y grado de discapacidad indicados en el artículo 3.2, contratada por tiempo indefi nido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses.

La subvención de 1.200 euros anuales se reducirá proporcionalmente en función de la duración de los contratos de las personas trabajadoras con discapacidad a las que se refi ere el párrafo anterior, así como en función de la duración de la jornada en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades titulares de los centros especiales de empleo y dichos centros, cuando tengan personalidad jurídica propia, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación indefinida de personas trabajadoras de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo, reguladas en el Real Decreto 469/2006, de 21 de abril.

Requisitos:

a) Que los centros especiales de empleo fi guren inscritos como tales en el Registro correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo.

b) Que formen parte de la plantilla de los centros especiales de empleo personas trabajadoras con el tipo de limitación en la actividad y grado de discapacidad establecido en el apartado 2 de este artículo.

c) Los establecidos en los apartados 1 y 2 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

d) Disponer de unidades de apoyo a la actividad profesional, con la composición establecida en esta orden.

e) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 22/04/2006
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 96
Documento: REAL DECRETO 469/2006. Descargar Documento
Boletín: 03/01/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 2
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento