Subvenciones destinadas a financiar la sustitución de personas trabajadoras afectadas por la pandemia de COVID-19.

Código de ayuda:

S41028/21

Norma:

Decreto 64/2021, de 29 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de septiembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión directa de subvenciones destinadas a financiar la contratación personas desempleadas en los siguientes supuestos:

a) Para la sustitución de personas trabajadoras por cuenta ajena que, prestando servicios en centros de trabajo de Cantabria, se encuentren en situación de incapacidad temporal por causa de contagio, en cuarentena o en aislamiento provocado por la COVID-19, o en la situación de atención domiciliaria de menores de edad hasta doce años, personas dependientes o con discapacidad a su cargo, que deban guardar confinamiento domiciliario a causa de la COVID-19.

b) Para la sustitución de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos/as que, desarrollando su actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, se encuentren en situación de incapacidad temporal por causa de contagio, en cuarentena o en aislamiento provocado por la COVID-19, o en la situación de atención domiciliaria de menores de edad hasta doce años, personas dependientes o con discapacidad a su cargo, que deban guardar confinamiento domiciliario a causa de la COVID-19.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejo de Gobierno (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención estará en función del número de días en alta en la Seguridad Social de las personas contratadas sustitutas, entre el 1 de octubre de 2020 y el 31 de mayo de 2021, que se correspondan con el periodo de tiempo del supuesto que motiva la sustitución (baja por incapacidad temporal por COVID-19, confinamiento domiciliario o deber de cuidado de menores de doce años, personas dependientes o personas con discapacidad como consecuencia de su contagio de COVID-19 o confinamiento domiciliario, por parte de la persona sustituida).

El importe de la subvención será de 31,66 euros/día. En el caso de personas contratadas a tiempo parcial el importe será proporcional a su jornada de trabajo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en el presente decreto, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, ya sean personas físicas o jurídicas, las pequeñas y medianas empresas del sector privado (PYMES), incluyendo autónomos, autónomas y mutualistas de colegio profesional, así como las entidades privadas sin ánimo de lucro.

Documentos asociados

Boletín: 06/08/2021
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 151
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2021 Descargar Documento