Subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas incluidas en el Programa de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Código de ayuda:

S21682/25

Norma:

RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2025. Orden de 27 de marzo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de agosto de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se aprueba la convocatoria para el ejercicio de 2025 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas incluidas en el programa de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

De conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Orden de 27 de marzo de 2023, podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades de formación que, a fecha de publicación de esta convocatoria, se encuentren acreditadas y/o inscritas en el correspondiente Registro de centros y entidades de Formación, para las especialidades formativas objeto de formación, ya sea en la modalidad presencial o virtual (teleformación), en función de la modalidad de impartición, debiendo disponer, en el momento de iniciar la formación, de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura debidamente inscritas y/o acreditadas que permitan la impartición de las especialidades
formativas solicitadas. De acuerdo con lo establecido en el artículo 15.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, las instalaciones y recursos podrán ser propios o bien de titularidad de terceras entidades privadas o públicas cuando ello no implique subcontratar la ejecución de la actividad formativa, debiendo aportar en este caso el correspondiente acuerdo o contrato de disponibilidad.

También podrán ser beneficiarias las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en el correspondiente registro habilitado por la Administración competente, a fecha de publicación de esta convocatoria, a las que el Servicio Extremeño Público de Empleo autorice provisionalmente, en los términos establecidos en el artículo 15.2 de la Orden de 27 de marzo de 2023, para la impartición de acciones formativas en aquellos lugares en los que no concurran entidades acreditadas y/o inscritas para impartir las especialidades formativas ofertadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A los efectos del control financiero y auditorías que puedan establecerse, y sin perjuicio del carácter modular de la subvención en cuanto a su justificación, deberán cumplirse los requisitos de subvencionalidad establecidos en la Orden de 27 de marzo de 2023 y en la normativa estatal de aplicación.

Programas:

a) Acciones formativas conducentes a certificados de profesionalidad: Proyecto de gasto 20210292 “Certificados de profesionalidad. Cualificaciones y FP. Iniciativas formación trabajadores desempleados”

b) Acciones formativas no conducentes a certificados de profesionalidad: Proyecto de gasto 20020501 “Iniciativas de formación profesional dirigidas a trabajadores desempleados”

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2023
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 62
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/07/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 134
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 14/07/2025
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 134
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