Subvenciones destinadas a financiar la preproducción, producción y distribución de largometrajes, documentales y de ficción, y pilotos de series de animación y de televisión.

Código de ayuda:

S45255/20

Norma:

ORDEN CYT/788/2020, de 21 de agosto. Orden de 28 de septiembre de 2020. Orden de 27 de agosto de 2021. ORDEN CYT/662/2023, de 19 de mayo. Orden de 29 de agosto de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de septiembre de 2023.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 60.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a financiar la preproducción, producción y distribución de largometrajes, documentales y de ficción, y pilotos de series de animación y de televisión, con la finalidad de contribuir al fomento y promoción del sector cinematográfico y audiovisual en la Comunidad de Castilla y León, a través del apoyo a determinadas inversiones promovidas por personas físicas o jurídicas privadas, que sean productores audiovisuales en la
modalidad de largometrajes, documentales y de ficción, y pilotos de series de animación y de televisión.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Cultura y Turismo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El beneficiario financiará con fondos propios parte de la actividad subvencionada, en los términos y en la cuantía que la convocatoria establezca.

2. La cuantía de las subvenciones se determinará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y conforme a los siguientes criterios: Ninguna de las subvenciones que se conceda podrá superar el 50% del presupuesto total del proyecto de largometraje o piloto de serie, con el límite máximo de 60.000,00 € por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas, que sean productores cinematográficos o audiovisuales, que tengan su domicilio o sede social permanente, o una sucursal o establecimiento permanente abierto al público, en la Comunidad de Castilla y León.

b) También podrán ser beneficiarios las agrupaciones de empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención, de las cuales al menos una esté ubicada en la Comunidad de Castilla y León. En estos casos, cada miembro de la agrupación tendrá igualmente la consideración de beneficiario.

No obstante, se deberá nombrar un representante con poderes bastantes, para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones para las que puede solicitarse las subvenciones reguladas en esta orden son todas aquellas necesarias para la preproducción, producción y distribución de los proyectos de largometrajes, documentales y de ficción y pilotos de series de animación y de televisión que se lleven a cabo durante el plazo de ejecución que establezca la correspondiente convocatoria. La solicitud de subvención podrá incluir una o varias de las fases del largometraje o piloto de serie para el que se solicite la subvención: Preproducción, producción o distribución, o bien solicitarse financiación para todas ellas.

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