Subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas y la innovación tecnológica en el sector de la enseñanza del español para extranjeros.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S23191/23

Norma:

ORDEN CYT/554/2023, de 25 de abril. Orden de 12 de septiembre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 5 de octubre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas dedicadas a la enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León y a financiar medidas de innovación tecnológica en las empresas cuya actividad económica, productos o servicios esté relacionada con la enseñanza del español para extranjeros y contribuya a la mejora de la calidad de ésta.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones para cada beneficiario será como máximo del 60% del total de la inversión, con un límite de 50 000 € por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los emprendedores y empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas, con implantación en Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos de creación de empresas dedicadas a la enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León:

1.º Honorarios de redacción del proyecto empresarial o estudio de viabilidad del mismo, hasta un 10% de la cuantía máxima subvencionable.

2.º Los gastos derivados de la diversificación de la producción en productos o servicios dedicados a la enseñanza del español para extranjeros por parte de establecimientos que con anterioridad no estuvieran dedicados a dicha materia.

3.º La adquisición de los terrenos o inmuebles necesarios para la implantación del proyecto, por un importe que no exceda del 10% del gasto total subvencionable.

4.º Gastos de obra civil de creación de las instalaciones.

5.º Los bienes de equipo necesarios para los servicios de electricidad, gas, suministro de agua potable, instalaciones de seguridad y otros ligados al proyecto.

6.º Los trabajos de planificación arquitectónica, ingeniería de proyecto de obra civil y dirección facultativa de los proyectos.

7.º Gastos de alquiler de instalaciones.

8.º Gastos corrientes derivados del cambio de actividad. A tal efecto, serán subvencionables los gastos derivados de nuevas altas en luz, energía o teléfono, así como los de limpieza de las nuevas instalaciones.

9.º Otras inversiones en activos fijos materiales, tales como equipamientos informáticos, mobiliario de oficina, etc.

10.º Gastos derivados del pago de los impuestos municipales sobre bienes inmuebles de las nuevas instalaciones, y el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

11.º Gastos derivados del alta o de la contratación de personal directamente relacionado con el proyecto.

b) Proyectos relacionados con la innovación tecnológica de servicios o productos, así como con la creación o desarrollo de entornos digitales y nuevos formatos, en las empresas del sector de la enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León:

1.º La creación de entornos tecnológicos y digitales que faciliten nuevos métodos de enseñanza. Esto incluye tanto la adquisición de equipos informáticos directamente relacionados con las innovaciones desarrolladas, como la creación de productos tecnológicos o métodos de enseñanza innovadores.

2.º La creación de servicios complementarios que amplíen y mejoren la calidad de la oferta.

3.º Los gastos de obra civil directamente relacionados con la innovación en servicios o productos, o en la creación o desarrollo de entornos digitales y nuevos formatos.

4.º Los gastos derivados de la contratación de personal para el desarrollo de los proyectos y actuaciones de innovación, creación de entornos tecnológicos o nuevos formatos.

5º Los gastos de elaboración y edición de materiales propios.

Documentos asociados

Boletín: 04/05/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/09/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 177
Documento: Convocatoria 2023 (completa) Descargar Documento
Boletín: 14/09/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 177
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento