Subvenciones destinadas a financiar la creación de empresas y la innovación en el sector de la enseñanza del español para extranjeros.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S16764/16

Norma:

ORDEN CYT/435/2016, de 10 de mayo. Orden de 28 de junio de 2016. ORDEN CYT/1130/2016, de 29 de diciembre. Orden de 24 de marzo de 2017. ORDEN CYT/23/2019, de 8 de enero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de mayo de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 50.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar la creación de empresas dedicadas a la enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León, y financiar medidas de innovación en las empresas cuya actividad económica, productos o servicios esté relacionada con la enseñanza del español para extranjeros y contribuyan a la mejora de la calidad de ésta.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Creación nuevas empresas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Cultura y Turismo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones se determinará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias previstas en el apartado segundo de la convocatoria y conforme a los siguientes criterios: ninguna de las subvenciones que se conceda podrá superar el 50% del total de la inversión, con el límite máximo de 50.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas en esta orden los emprendedores y empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas, las universidades públicas de Castilla y León y sus entes instrumentales y las universidades privadas con implantación en Castilla y León. A tales efectos se consideran emprendedores a aquellas personas físicas o jurídicas privadas que se encuentren realizando o vayan a realizar los trámites necesarios para poder desarrollar la actividad económica de enseñanza del español para extranjeros en la Comunidad de Castilla y León, a través de cualquier forma admitida en derecho, y, en todo caso, que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en Castilla y León. Tendrán la consideración de empresas, aquellas personas físicas o jurídicas privadas titulares de centros privados dedicados a la enseñanza del español para extranjeros radicados en la Comunidad de Castilla y León o aquellas personas físicas o jurídicas privadas cuya actividad económica, productos o servicios esté relacionada con la enseñanza del español para extranjeros radicadas en la Comunidad de Castilla y León.

Requisitos:

Establecidos en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

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