Subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro, para financiar actuaciones turísticas singulares de repercusión regional para la Comunidad de Castilla y León para el año 2025.
Código de ayuda:
S09655/25Norma:
Orden de 10 de abril de 2025. ORDEN CYT/310/2024, de 11 de abril.Plazo de Solicitud:
Hasta el 19 de mayo de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de estas subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actuaciones turísticas singulares de repercusión regional, es apoyar financieramente la creación o el desarrollo de destinos y productos turísticos, la gestión de ambos, así como su gobernanza, promoción y comercialización, con la finalidad de contribuir al desarrollo, dinamización y consolidación de la actividad turística como un sector económico estratégico de la Comunidad Autónoma, el fortalecimiento de la imagen de Castilla y León como destino turístico y la profesionalización y el apoyo a las entidadessin ánimo de lucro en la consecución de dichos objetivos.
Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Inversiones Materiales y Equipos
Recursos Humanos
Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Castilla y León)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan con la presente orden, las entidades sin ánimo de lucro, así como sus agrupaciones, federaciones y/o confederaciones, excluyendo las del sector público, con domicilio social en la Comunidad de Castilla y León, que cumplan con los requisitos establecidos en la base tercera del Anexo de la Orden CYT/310/2024, de 11 de abril.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los costes de la redacción de los proyectos técnicos relacionados con las tipologías de actuación objeto de subvención.b) Los costes de la dirección facultativa de las actuaciones.
c) Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.
d) La inversión en equipos y materiales efectuada.
e) Los gastos externos de consultoría y de aquellos otros servicios que resulten necesarios para la ejecución de la actuación prevista, así como los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación de esta subvención. En todo caso, estos gastos no podrán superar el 20 % de la subvención concedida.
f) Gastos de difusión y publicidad, material promocional y campañas publicitarias.
g) Los gastos de personal, que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada, sin que en ningún caso se pueda superar por este concepto el 50% de la subvención concedida.
h) Otros gastos corrientes de funcionamiento de los beneficiarios, que no podrán superar el 30% de la subvención concedida.
Documentos asociados
Boletín:
18/04/2024
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 76
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
15/04/2025
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 73
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
15/04/2025
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 73
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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