Subvenciones destinadas a entidades sin animo de lucro, en regimen de concurrencia competitiva, para proyectos de actividades que desarrollen acciones sociales.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S09628/15

Norma:

Mahón, 26 de febrero de 2015. Maó, 15 de julio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/04/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar a entidades sin ánimo de lucro para la realización y programación de actividades sociales incluidas en un proyecto que intensifique la acción social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Maó (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención obtenida por la entidad no podrá ser, en ningún caso, de tal cuantía que supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro que, reuniendo los requisitos generales y no estando incursos en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones, cumplan, además, los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización y programación de actividades sociales incluidas en un proyecto que intensifique la acción social.

Requisitos:

1. Estar legalmente constituidas en la fecha de presentación de la solicitud e inscritas Registro que por su naturaleza jurídica les corresponda.

2. Tener el domicilio social y fiscal en Mahón y, en el caso de no tener el domicilio social y/o fiscal en Mahón, desarrollar las actividades para las cuales solicita subvención en el término municipal de Mahón.

Excepcionalmente, las actividades subvencionadas podrán exceder del ámbito del término municipal de Mahón, siempre que beneficien de forma directa o indirecta el interés de las
personas residentes en el término municipal de Maó.

3. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social.

4. No hallarse incursas en ninguna de las causas de prohibición establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 101
Documento: Ordenanza General. Descargar Documento
Boletín: 07/03/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 33
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento