Subvenciones destinadas a entidades locales para financiar actuaciones de mejora de la calidad en las infraestructuras turisticas en destino para el año 2009.

Código de ayuda:

S10019/09

Norma:

ORDEN CYT/262/2009, de 13 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/03/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el año 2009, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para financiar actuaciones de mejora de la calidad en las infraestructuras turísticas en destino, con la finalidad de contribuir a la diversificación de la oferta turística, impulsar la puesta en valor de los recursos culturales y artísticos y mejorar la calidad de los destinos turísticos de Castilla y León, a través del apoyo a las iniciativas desarrolladas por las entidades locales de la Comunidad que estén encaminadas a la creación y mejora de los recursos turísticos.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Cultura y Turismo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la inversión aprobada para cada proyecto se determinará detrayendo de la inversión presentada los gastos no subvencionables. Para aquellos proyectos presentados que superen la cuantía de
100.000 euros en la modalidad a) del apartado anterior, y que superen la cuantía de 30.000 euros en las modalidades b) y c), podrá estimarse como inversión aprobada, no la totalidad del proyecto, sino alguna de sus fases, de acuerdo con lo que a tal efecto determine la Comisión de Valoración en relación a la naturaleza del proyecto presentado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las provincias, los municipios y las entidades locales menores, así como las comarcas, mancomunidades, asociaciones de municipios y demás entidades previstas en la legislación vigente en materia de régimen local.

Requisitos:

a) Para las actuaciones de embellecimiento de Bienes de Interés Cultural declarados con la categoría de conjunto histórico o conjunto etnológico o con procedimiento de declaración ya iniciado, así como aquellas que afecten a su entorno de protección, las entidades locales deberán tener una población inferior a 5.000 habitantes, de acuerdo con la última actualización del padrón de habitantes.

b) En las actuaciones de mejora de infraestructuras de información turística, que supongan la reforma de las ya existentes, las entidades solicitantes deberán poseer al menos una Oficina de Información Turística o un Punto de Información Turística que tendrán que permanecer abiertos al público, como mínimo, seis meses al año.

Documentos asociados

Boletín: 16/02/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 31
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento