Subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad de Madrid, para la realización de actividades en el año 2024 materia de promoción de la salud en el ámbito municipal.

Código de ayuda:

S36519/23

Norma:

Orden 1362/2023, de 15 de septiembre. ORDEN 897/2019, de 19 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de octubre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Promover la realización de actividades en materia de promoción de la alimentación y nutrición equilibrada y saludable y de la actividad física.

b) Promover la prevención del consumo de tabaco y bebidas alcohólicas y de otras adicciones.

c) Promover hábitos poblacionales de prevención de enfermedades transmisibles como Covid 19, VIH e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), sensibilizando y facilitando herramientas preventivas con un enfoque de género que priorice los colectivos más vulnerables.

d) Promover la salud en poblaciones específicas: personas o colectivos con vulnerabilidad social, personas mayores, mujeres, jóvenes y adolescentes.

e) Promover acciones y actividades encaminadas a garantizar la equidad en salud, la participación comunitaria o la creación de cauces de información y coordinación para la promoción en salud.

g) Facilitar la realización de actividades para el envejecimiento activo y saludable con el objetivo de añadir vida a los años.

h) Impulsar proyectos de carácter innovador en promoción de salud.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Sanidad (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global máximo de todas las ayudas concedidas no podrá superar la cantidad de 250.000 euros.

La cuantía de la subvención a percibir por cada entidad local beneficiaria será la solicitada por la misma en el Anexo I (Solicitud), con un límite mínimo de 1.000 euros y un límite máximo de 10.000 euros, sin perjuicio de la aportación económica mínima de la entidad local.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades locales de la Comunidad de Madrid que realicen algunas de las actividades en materia de promoción de la salud en el ámbito municipal que se relacionen en la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. En el marco de lo dispuesto en la orden, serán actividades subvencionables, las actividades previstas como tales en la correspondiente convocatoria.

2. Podrá presentarse a la convocatoria de subvenciones un único proyecto por entidad local.

3. Solo se considerarán aquellos proyectos que especifiquen claramente la fecha de realización de las actuaciones propuestas.

Documentos asociados

Boletín: 05/08/2019
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 184
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/10/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 234
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 02/10/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 234
Documento: Convocatoria 2023 (Completa) Descargar Documento