Subvenciones, destinadas a empresas para fomentar la inserción sociolaboral de mujeres víctimas de violencia de género, dentro de las actuaciones que se incluyen en el Plan Dike.

Código de ayuda:

S00755/06

Norma:

ORDEN FAM/19/2006, de 10 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La contratación a mujeres residentes en esta Comunidad Autónoma, que hayan sido o sean maltratadas, con la finalidad de facilitar la inserción sociolaboral de dichas mujeres, como acción de desarrollo del Plan Dike.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La contratación efectuada se subvencionará con la siguiente cuantía:

– La contratación temporal a tiempo completo, con una cuantía de 2.500 euros.

– La contratación indefinida a tiempo completo, con una cuantía de 5.500 euros.

Si el contrato temporal o indefinido, es a tiempo parcial, la cuantía de la subvención será proporcional a la duración real de la jornada de trabajo.

La suma total de las cuantías de las subvenciones concedidas no podrá superar la cuantía del crédito asignado a la presente convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que realicen la acción subvencionable.

A los solos efectos de esta Orden se entenderán asimiladas a las empresas las entidades sin ánimo de lucro que actúen como empleadoras y reúnan los requisitos y condiciones exigidas en la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación para un puesto de trabajo ubicado en Castilla y León, por un período mínimo de seis meses, de las mujeres residentes en Castilla y León que sufran o hayan sufrido una situación de malos tratos y estén acogidas al Plan Dike.

A los efectos de esta Orden, la situación de maltrato se considera acreditada por alguno de los documentos siguientes:

– Certificado en el que conste que la mujer ha estado ingresada en algún Centro de Acogida para mujeres víctimas de maltrato.

– Copia de la denuncia por maltrato.

– Parte o informe médico en el que conste que la mujer ha sido atendida en algún centro sanitario por causa de maltrato.

– Informe de un profesional competente en la materia, con la manifestación expresa de que la mujer ha sido atendida por causa de maltrato y en el que conste si ha recibido o está recibiendo algún tratamiento
específico por dicho motivo.

– Cualquier otro justificante que acredite que la mujer ha sido o es víctima de violencia y sea aceptado por la Dirección General de la Mujer de la Junta de Castilla y León.

Con carácter previo a la contratación de las mujeres, la empresa solicitará a la Dirección General de la Mujer la relación de las mujeres acogidas al Plan Dike que reúnan los requisitos para poder ser contratadas, en función del puesto requerido.

La contratación puede ser temporal o indefinida, y a tiempo completo o a tiempo parcial.

La empresa beneficiaria de la subvención no podrá percibir más de una ayuda económica por contratación temporal de la misma trabajadora con cargo a la presente convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 16/01/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 10
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento