Subvenciones destinadas a empresas de transporte publico por carretera cuyas lineas discurren por zonas rurales de la Comunidad Autonoma de Cantabria.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S16464/11

Norma:

Orden IND/4/2011, de 14 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Posibilitar una adecuada movilidad, acorde con las necesidades de la población del medio rural.

Categorías Subvención

  • Desarrollo Rural
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Para los servicios de transporte recogidos en el artículo 5 de esta Orden, apartado a), se establece el siguiente régimen:

a) La cuantía máxima de la subvención será de cuarenta y siete mil quinientos euros (47.500 euros) por cada empresa solicitante.

b) La cuantía exacta de la subvención se determinará en función de los kilómetros recorridos por los municipios indicados en el apartado a) del citado artículo 5.

El valor de la subvención por kilómetro recorrido se establecerá en función de las condiciones de explotación del servicio, de su combinación con otro tipo de transporte y del grado de ocupación que presente, estableciéndose un valor máximo de 1,25 euros por kilómetro rodado en el ámbito rural subvencionable especificado en el citado apartado y artículo.

2. Para los servicios de transporte previstos en el artículo 5, apartado b), la cuantía de la subvención, que se otorgará por kilómetro recorrido, se determinará previa valoración del servicio en función de los datos de explotación y la memoria económica presentada por el solicitante. En este sentido, se establece un valor máximo de subvención por kilómetro de 2,00 euros por kilómetro.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que, cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, se encuentren en alguno de los supuestos siguientes:

a) Empresas concesionarias del servicio regular de transporte de viajeros por carretera cuyo itinerario de línea discurra íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

b) Empresas concesionarias del servicio regular de transporte de viajeros por carretera cuya explotación consista principalmente en realizar tráficos entre poblaciones de la Región, aunque sus itinerarios de línea sobrepasen en no más de 25 kms. el ámbito territorial de ésta, siempre y cuando dichas concesiones sean de competencia del Gobierno de Cantabria.

c) Empresas concesionarias del servicio regular de transporte de viajeros por carretera que, atendiendo tráfi cos en estos municipios de baja densidad de población, presten el servicio en base a antiguas concesiones deficitarias que hayan sido unifi cadas con otras, considerándose a efectos de la presente Orden el antiguo itinerario de línea que se unificó.

d) Empresas prestadoras de servicios regulares de transporte de viajeros, cuya realización haya sido instada por el Gobierno de Cantabria, amparadas en modifi caciones en lo referido a horarios y expediciones o en autorizaciones especiales amparadas por la normativa vigente en materia de transportes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos de explotación generados en el año 2011 por la realización de servicios regulares de transporte
público de viajeros por carretera de uso general que discurren por zonas rurales, según las modalidades siguientes:

a) Subvenciones por mantenimiento de expediciones concesionales en zonas rurales de baja densidad siempre que presten servicios en alguno de los municipios que se relacionan a continuación: Camaleño, Campoo de Yuso, Campoo de Suso, Lamasón, Peñarrubia, Pesaguero, Polaciones, Las Rozas, Luena, Pesquera, Polaciones, San Miguel de Aguayo, Soba, Los Tojos, Tresviso, Tudanca, Valdeprado del Río, Valderredible y Vega de Liébana.

b) Subvenciones por implantación, aumento o mantenimiento de expediciones de carácter interurbano que presten servicios a zonas rurales, cuyo establecimiento haya instado el Gobierno de Cantabria por razones de interés público, que sean deficitarias y que presten servicio a cualquiera de los municipios de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 24/03/2011
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 58
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento