Subvenciones destinadas a emprendedores para la constitucion de organizaciones preventivas.- Convocatoria 2012.- Corrección.

Código de ayuda:

S29119/12

Norma:

Orden de 23/07/2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/08/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y efectuar para 2012 la convocatoria de subvenciones destinadas a cofinanciar el coste de la organización preventiva de las personas emprendedoras durante el primer
ejercicio de la actividad empresarial.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Empleo y Economía (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será del 30% del coste de la constitución de la organización preventiva, con los límites siguientes:

a) 101 euros para empresarios o empresas que cuenten con un trabajador.

b) En caso de empresarios o empresas con plantillas de dos o más trabajadores, la cuantía máxima será la prevista en el apartado anterior incrementada con un importe adicional de 26 euros por trabajador. El importe adicional se aplicará a partir del segundo trabajador.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas emprendedoras que reúnan y acrediten los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La organización preventiva de las personas emprendedoras durante el primer ejercicio de la actividad empresarial.

Requisitos:

a) Que tengan domicilio fiscal y centro de trabajo en Castilla-La Mancha.

b) Que cuenten con un plan de prevención de riesgos laborales o se comprometan a formalizarlo antes del pago de la subvención.

c) Que no hayan sido sancionadas, en virtud de resolución o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.

d) Que no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) Que la persona física solicitante, los administradores de las sociedades mercantiles o aquéllos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, no se encuentren incursos en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

f) Que los solicitantes hayan iniciado la actividad y suscrito el concierto o acuerdo preventivo en el periodo comprendido entre la entrada en vigor de la Ley de 15/2011, de 15 de diciembre, y la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 31/07/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 149
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 03/08/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 152
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento