Subvenciones destinadas a discotecas y establecimientos de ocio nocturno afectados por la suspensión deactividades establecida por la Orden 1008/2020, de 18 de agosto, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.

Código de ayuda:

S00655/21

Norma:

Acuerdo del Pleno, de 30 de octubre de 2013. Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Real Decreto 555/2020, de 5 de junio. Orden 668/2020, de 19 de junio. ORDEN 1008/2020, de 18 de agosto. Decreto de 28 de diciembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de febrero de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente convocatoria es la concesión por el Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, de subvenciones a otorgar en la anualidad 2021, a favor de discotecas y establecimientos de ocio nocturno afectados por la suspensión de actividades establecida por la Orden 1008/2020, de 18 de agosto, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Otras

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total de la convocatoria asciende a 2.000.000 euros, en 2021. Se concederá una única ayuda por solicitante, correspondiente a un solo local, con un importe máximo mensual de 1.000 euros, de conformidad con lo regulado en el artículo 8 del Anexo de la convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de estas ayudas los establecimientos de ocio nocturno.

Requisitos:

a) Ser arrendatario del local destinado al ejercicio de la referida actividad, formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

b) Ostentar la titularidad de la licencia municipal que autorice la implantación de la actividad en el municipio de Madrid.

c) Haber estado desarrollando su actividad en el local a fecha 19 de agosto de 2020, y haber quedado esta suspendida a partir de esa fecha.

d) Comprometerse a reiniciar la actividad propia del local en el momento en el que cese la suspensión y a continuar ejerciéndola, en su caso, hasta el 30 de junio de 2021, si la situación sanitaria y sus circunstancias económicas lo permiten.

e) Hallarse al corriente de pago de la renta de alquiler correspondiente al local donde se ejerza la actividad, lo que se acreditará por cualquier medio admitido en derecho (recibo, transferencia bancaria, etc.).

f) No haber sido objeto de cese, clausura o precinto del local por resolución firme en expediente disciplinario como consecuencia de deficiencias en el funcionamiento de la actividad en los cinco años anteriores a la fecha de la solicitud de la subvención.

g) No haber sido objeto de sanción administrativa por resolución firme por cualquier infracción relativa al ejercicio de la actividad, dentro de los dos años anteriores a la fecha de la solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 22/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 278
Documento: Acuerdo del Pleno, de 30 de octubre de 2013 Descargar Documento
Boletín: 14/03/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo Descargar Documento
Boletín: 06/06/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 159
Documento: Real Decreto 555/2020, de 5 de junio Descargar Documento
Boletín: 20/06/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 1
Documento: Orden 668/2020, de 19 de junio Descargar Documento
Boletín: 19/08/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 200
Documento: ORDEN 1008/2020, de 18 de agosto Descargar Documento
Boletín: 07/01/2021
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 5
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 07/01/2021
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Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 28/01/2021
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 23
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