Subvenciones destinadas a determinados proyectos de mejora de la gestion medioambiental de las explotaciones porcinas de Castilla-La Mancha para 2008 - Modificación.

Código de ayuda:

S62364/08

Norma:

Orden de 16-09-2008. Orden de 25/05/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer en Castilla-La Mancha, de acuerdo al Real Decreto 987/2008, las bases reguladoras
para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para promover el desarrollo de sistemas innovadores de gestión de purines procedentes de las explotaciones porcinas, respetuosos y compatibles con la protección del medioambiente, que eviten consumos ineficientes de energía, que contemplen un enfoque integral de valorización y desarrollo de mejoras técnicas disponibles en la aplicación de purines al campo.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente disposición las asociaciones, organizaciones y agrupaciones de titulares de explotaciones porcinas y otras figuras equivalentes, incluidas las agrupaciones de defensa sanitaria, cooperativas, y sociedades agrarias de transformación, integradas en su mayoría por explotaciones de porcino, que además estas explotaciones estén ubicadas en Castilla-La Mancha y presenten un proyecto conjunto de gestión de purines, según se define en el anexo I.

Los proyectos deberán incluir la participación de explotaciones agrarias, o empresas gestoras, de forma que se lleve a cabo una gestión y valorización de purines innovadoras desde el punto de vista tecnológico, económico y medioambiental, y que integren las mejores técnicas disponibles en la aplicación de purines.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Podrán ser objeto de financiación las siguientes actividades dentro del proyecto conjunto de gestión de purines:

a) Compra o arrendamiento con opción de compra de maquinaria y equipamiento necesario para la preservación y mejora del entorno natural en la gestión de purines de las explotaciones porcinas, hasta el valor de mercado de dicha maquinaria o equipamiento.

b) Costes generales relacionados con los gastos indicados en el apartado anterior, como los honorarios de asesores, los estudios de viabilidad o la adquisición de patentes y licencias.

Requisitos:

a) No tener la consideración de empresas en crisis.

b) Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, que deberá acreditarse mediante las certificaciones que se regulan en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo que se acreditará mediante declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para contratar, contenidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones, junto con la acreditación de estar al corriente de obligaciones tributarias, con la seguridad social y por reintegro de subvenciones, todo ello de conformidad con lo previsto en la Orden de 31-01-2007, de la Consejería de Economía y Hacienda, pudiendo autorizar a la Consejería de Agricultura para recabar esta información mediante la presentación del modelo de autorización recogido en el Anexo IV. En el supuesto de que en la solicitud (según Anexo IV) se autorice al órgano gestor de estas ayudas para que pueda obtener de forma directa la acreditación de estas circunstancias a través de certificados telemáticos telemáticos,
el solicitante no deberá presentar esta documentación justificativa.

Igualmente deberá acreditarse que no está incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquéllos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

3. En el caso de las explotaciones porcinas integradas en el proyecto además de lo establecido en el apartado 2 del presente artículo, deberán:

a) Estar inscritas en estado de alta en el registro de explotaciones ganaderas previsto en el artículo 3.3 del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, como explotación de producción y reproducción, así como disponer del correspondiente libro de registro debidamente actualizado.

b) Aportar declaración responsable de que se cumple la normativa sectorial mínima correspondiente en materia de ordenación, bienestar, identificación, sanidad animal, medioambiente e higiene.

c) Disponer de las instalaciones de almacenamiento depurines necesarias y de acuerdo con la normativa vigente, en particular con el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de explotaciones porcinas.

d) Cumplir los requisitos para la consideración de PYME conforme al Reglamento (CE) n.º 70/2001, de la
Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicaci ón de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas.

4. En el caso de las explotaciones agrarias integradas en el proyecto, además de lo establecido en el apartado 2 del presente artículo, deberán:

a) Aportar declaración responsable de que se cumple la normativa sectorial mínima correspondiente.

b) Registrar las cantidades de purines aplicadas en la fertilización del terreno. Deberán tenerse en cuenta
s necesidades en función del uso del terreno, así como otros posibles aportes recibidos.

c) Cumplir los requisitos para la consideración de PYME conforme al Reglamento (CE) n.º 70/2001, de la
Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas.

Documentos asociados

Boletín: 26/09/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 199
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/06/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 106
Documento: Modificación Descargar Documento