Subvenciones destinadas a determinados proyectos de mejora de la gestion medioambiental de las explotaciones porcinas.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S24237/09

Norma:

Resolucion de 19 de marzo de 2009. ORDEN de 23 de septiembre de 2008. REAL DECRETO 987/2008, de 13 de junio. Resolucion de 20 de noviembre de 2009. RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2011. RESOLUCIÓN de 7 de diciembre de 2011. Resolución de 4 de febrero de 2013. Orden de 15 de abril de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/06/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2014, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones previstas en el Real Decreto 987/2008, de 13 de junio, destinadas a determinados proyectos de mejora de la gestión medioambiental de las explotaciones porcinas, desarrolladas en la Orden de 23 de septiembre de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a determinados proyectos de mejora de la gestión medioambiental de las explotaciones porcinas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La intensidad bruta de la ayuda no deberá superar:

a) El 75 por ciento de las inversiones subvencionables en las zonas desfavorecidas o en las zonas indicadas en el artículo 36, letra a) incisos i) ii) y iii) del Reglamento (CE) n.º 1698/2005, del Consejo de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

b) El 60 por ciento en otras regiones.

2. El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino podrá subvencionar hasta el 50 por ciento de los umbrales máximos de ayuda mencionados en el apartado anterior.

3. La cuantía máxima de la ayuda aportada por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino no podrá superar los 200.000 euros para cada una de las solicitudes aprobadas.

4. El importe máximo de la financiación con cargo a los presupuestos del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino para las ayudas derivadas de la aplicación de este real decreto, será de dos millones de euros anuales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones, organizaciones y agrupaciones de titulares de explotaciones porcinas y otras figuras equivalentes, incluidas las agrupaciones de defensa sanitaria, cooperativas, y sociedades agrarias de transformación, integradas en su mayoría por explotaciones de porcino, que presenten un proyecto conjunto de gestión de purines, y que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de financiación las siguientes actividades dentro del proyecto conjunto de gestión de purines:

a) Compra o arrendamiento con opción de compra de maquinaria y equipamiento necesario para la preservación y mejora del entorno natural en la gestión de purines de las explotaciones porcinas, hasta el valor de mercado de dicha maquinaria o equipamiento.

b) Costes generales relacionados con los gastos indicados en el apartado anterior, como los honorarios de asesores, los estudios de viabilidad o la adquisición de patentes y licencias.

Requisitos:

La asociación, organización, agrupación o figura equivalente solicitante, así como las explotaciones de porcino integrantes, deberán cumplir los siguientes requisitos generales:

a) No tener la consideración de empresas en crisis.

b) Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, que deberá acreditarse mediante las certificaciones que se regulan en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En el caso de las explotaciones porcinas integradas en el proyecto además de lo establecido en el apartado 2 del presente artículo, deberán:

a) Estar inscritas en estado de alta en el registro de explotaciones ganaderas previsto en el artículo 3.3 del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, como explotación de producción y reproducción, así como disponer del correspondiente libro de registro debidamente actualizado.

b) Aportar declaración responsable de que se cumple la normativa sectorial mínima correspondiente en materia de ordenación, bienestar, identificación, sanidad animal, medioambiente e higiene.

c) Disponer de las instalaciones de almacenamiento de purines necesarias y de acuerdo con la normativa vigente, en particular con el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de explotaciones porcinas.

d) Cumplir los requisitos para la consideración de PYME conforme al Reglamento (CE) n.º 70/2001, de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas.

En el caso de las explotaciones agrarias integradas en el proyecto, además de lo establecido en el apartado 2 del presente artículo, deberán:

a) Aportar declaración responsable de que se cumple la normativa sectorial mínima correspondiente.

b) Registrar las cantidades de purines aplicadas en la fertilización del terreno. Deberán tenerse en cuenta las necesidades en función del uso del terreno, así como otros posibles aportes recibidos.

c) Cumplir los requisitos para la consideración de PYME conforme al Reglamento (CE) n.º 70/2001, de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas.

Cuando proceda, en el caso de las empresas gestoras integradas en el proyecto, además de lo establecido en el apartado 2 del presente artículo, deberán respetar los criterios de buenas prácticas agronómicas en la gestión que realicen de los purines.

Documentos asociados

Boletín: 03/07/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 160
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/10/2008
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 197
Documento: Convocatoria 2008, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/03/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 60
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 30/11/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 233
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 15/02/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 32
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 30/12/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 254
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 11/02/2013
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 29
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 02/05/2014
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 85
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento