Subvenciones destinadas a confederaciones, federaciones y a las entidades de iniciativa social no asociadas ni federadas, sin ánimo de lucro, para el desarrollo de proyectos de asesoramiento y formación de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciada por el Fondo Social Europeo, en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020.

Código de ayuda:

S38082/19

Norma:

ORDEN de 3 de junio de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de julio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas ayudas es la de contribuir a la mejora de la empleabilidad mediante la adquisición de habilidades y capacidades prelaborales de las personas con un nivel de discapacidad igual o superior al 33 %, residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia, mediante el desarrollo de proyectos que incidan en los siguientes campos:

a) Se promoverá el desarrollo del área personal y social y/o del área de formación básica y prelaboral.

b) Se promoverá el desarrollo de acciones previas que mejoren sus posibilidades de inserción laboral, como formación básica instrumental, formación para mejorar la autoestima y formación para mejorar sus habilidades sociales en general.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Politica Social (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas previstas en esta orden asciende a 1.055.683 euros. La cuantía máxima concedida por proyecto formativo será de 60.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

1. Confederaciones y federaciones cuyo objeto social incluya la promoción o la realización de acciones en el campo de las personas con discapacidad y entidades de iniciativa social que, con análogo objeto social, no se encuentren asociadas ni federadas a las anteriores entidades de segundo nivel asociativo.

2. Confederaciones y federaciones referidas en el párrafo anterior que concurran conjuntamente con entidades de iniciativa social de su ámbito federativo como agrupación de entidades, en los términos previstos por el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el área de personas con discapacidad y en la categoría de iniciativa social del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales, regulado por el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación e inspección de servicios sociales de Galicia.

b) Carecer de ánimo de lucro.

c) Tener el domicilio social en Galicia o delegación en la Comunidad Autónoma.

d) No encontrarse en ninguna de las situaciones establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.

e) Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en esta orden y en la normativa general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 13/06/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 111
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/06/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 111
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento