Subvenciones destinadas a complementar, en determinados gastos, el tratamiento de niños y niñas menores de 18 años con Daño Cerebral Adquirido, realizado de octubre de 2019 a septiembre de 2020.

Código de ayuda:

S44537/20

Norma:

RESOLUCIÓN 418E/2020, de 13 de julio.

Plazo de Solicitud:

Del 1 de septiembre de 2020 al 30 de septiembre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de utilidad pública de la presente subvención viene constituida por la conveniencia de complementar el tratamiento de los menores con diagnóstico de Daño Cerebral Adquirido, en las necesidades
indicadas.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Salud (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones se dedicarán a cubrir, total o parcialmente, el gasto efectuado entre octubre de 2019 y septiembre de 2020 destinado a cubrir las siguientes necesidades de menores de 18 años que padezcan daño
cerebral adquirido:

• Terapia ocupacional.

• Rehabilitación de la deglución.

En estos supuestos, la terapia ocupacional, así como la rehabilitación de la deglución, deberán haber sido realizadas en centros autorizados para el desarrollo de las mismas y por profesionales con título adecuado para ello.

• Productos de apoyo para la autonomía personal, excluido el material ortoprotésico financiado por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y, entendiendo por aquéllos, cualquier producto (incluyendo dispositivos, equipo, instrumentos y software) fabricado especialmente o disponible en el mercado, utilizado por o para personas con discapacidad destinado a facilitar la participación, proteger, apoyar, entrenar, medir o sustituir funciones/estructuras corporales y/o actividades o prevenir deficiencias,
limitaciones en la actividad o restricciones en la participación, de acuerdo con la norma UNE EN ISO 9999:2011, recogidos en la “Guía de orientación en la práctica profesional de la valoración reglamentaria de la situación de dependencia: Productos de Apoyo para la Autonomía Personal” del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Requisitos:

–Tener un diagnóstico de daño cerebral adquirido realizado por un neuropediatra.

–Ser menor de 18 años, en el momento de recibir la intervención diagnóstica o terapéutica o la compra de los productos de apoyo.

–Residir de forma estable en Navarra, entendiéndose por tal la residencia efectiva y continuada del o la menor en la Comunidad Foral de Navarra durante un año antes del 30 de septiembre de 2020. En menores de un año de edad, la residencia efectiva deberá serlo desde el nacimiento.

Estarán exentas de este requisito las personas solicitantes de asilo y las pertenecientes a su unidad familiar conforme a lo que establezca la resolución de concesión del derecho de asilo o de la protección subsidiaria por extensión familiar.

–La conveniencia de la terapia ocupacional o rehabilitación de la deglución y de los productos de apoyo para la autonomía personal deberá haber sido indicada por un profesional adecuadamente acreditado e implicado en la atención de la persona beneficiaria.

–No hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 19/08/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 185
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento