Subvenciones destinadas a compensar la pérdida de ingresos en la prestación de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera, de uso general y permanente de titularidad autonómica y sus servicios complementarios, resultado de la crisis generada por la COVID 19 y con el fin de garantizar la movilidad y el acceso a servicios esenciales de la población.

Código de ayuda:

S67273/20

Norma:

Decreto 93/2020, de 23 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Consultar programa.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar la pérdida de ingresos en la prestación de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera, de uso general y permanente de titularidad autonómica y sus servicios complementarios, resultado de la crisis generada por la COVID 19 y con el fin de garantizar la movilidad y el acceso a servicios esenciales de la población.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejo de Gobierno (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas prestadoras de los servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera de uso general y permanente en las líneas de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre que:

- No hayan presentado solicitud de renuncia a ninguno de los citados servicios desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

- Hayan satisfecho todas las deudas existentes con los centros y estaciones de transporte de titularidad autonómica.

- Hayan puesto a disposición de los usuarios medios de atención al público presenciales en puntos habilitados por la Administración Autonómica en estaciones de transporte y en un horario que cubra al menos el 50% del horario diario prestado por la empresa en el mes previo a la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

b) las empresas concesionarias de estaciones y terminales de autobuses de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El importe de la subvención servirá para sufragar la pérdida de ingresos por la prestación de servicios de transporte público de transporte de viajeros por carretera de uso general de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y por la gestión y explotación de las estaciones y terminales públicas de autobuses que acogen los servicios de transporte de uso general, así como los costes por la desinfección de vehículos e instalaciones y el material para la protección de trabajadores y usuarios en el periodo para el que se solicita la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2020
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 250
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento