Subvenciones destinadas a cofinanciar los gastos extraordinarios realizados por los entes locales y las agrupaciones de entes locales y generados por el transporte de agua destinada al uso de abastecimiento de poblaciones mediante vehículos cisterna, o por la ejecución de obras o actuaciones de urgencia equivalentes destinadas a resolver de forma inmediata problemas de potabilidad o carencia de agua.

Código de ayuda:

S59900/22

Norma:

RESOLUCIÓN ACC/3075/2022, de 10 de octubre.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar los gastos extraordinarios realizados por las entidades locales para la prestación del servicio de abastecimiento de agua apta para el consumo humano mediante el transporte con vehículos cisterna de agua potable para su distribución, de agua cruda para su potabilización o de agua de sustitución para usos distintos del doméstico pero abastecidos desde la red de suministro de agua que no requieran potabilización, previo informe de las autoridades sanitarias u otros informes que sean preceptivos en relación con las condiciones para el uso de estas aguas, o mediante la ejecución de obras o actuaciones de urgencia equivalentes, con el fin de resolver un problema de carencia de potabilidad o de escasez de recurso.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención se calcula según la población censada del municipio beneficiado aplicando los
porcentajes siguientes al importe subvencionable, con un máximo de 100.000 euros por solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las subvenciones las entidades locales y las agrupaciones de entes locales de Cataluña que
hayan realizado gastos para la prestación del servicio de abastecimiento de agua a poblaciones mediante el
transporte de agua con vehículos cisterna o mediante la ejecución de obras o actuaciones de urgencia
equivalentes en los términos, las condiciones y los requisitos establecidos en estas bases.

Requisitos:

a) No estar en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

b) Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición que establecen los artículos 90 bis y 92 bis del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.

c) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración de la Generalitat de Catalunya y la Administración general del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.

d) Declarar si se han solicitado y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actuación, haciendo constar la relación detallada de la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

e) Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual, si la realización de la actuación objeto de la subvención utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor.

f) Cumplir el código ético anexo al Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la
modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de junio,
por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de
subvenciones en régimen de competencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalitat y su sector público, y se aprueba su texto íntegro.

g) Cumplir la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Documentos asociados

Boletín: 14/10/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8772
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento