Subvenciones destinadas a asociaciones y entidades de personas mayores para el desarrollo de proyectos de promoción sociocultural, año 2016.

Código de ayuda:

S02264/16

Norma:

Palma, 8 de enero de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de febrero de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar las condiciones que regulan la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones, federaciones de asociaciones y entidades de personas mayores para el desarrollo de proyectos de promoción sociocultural con el fin de potenciar el bienestar (obtener una mejor calidad de vida) del colectivo de las personas mayores.

La presente convocatoria tiene como finalidad contribuir a financiar los gastos derivados de actividades integrantes de proyectos que tengan como eje principal:

- mejorar la calidad de vida y potenciar la capacidad creativa de las personas mayores.

- fomentar la realización de actividades físicas con el fin de prevenir problemas derivados de la inactividad y la autonomía personal.

- favorecer la integración y la participación social.

- proporcionar un espacio de ocio y tiempo libre adecuado a sus intereses y expectativas.

- fomento del asociacionismo y participación social en el ámbito comunitario.

- permitir que las asociaciones tengan un local en condiciones adecuado a sus dimensiones y necesidades, donde poder llevar a cabo las iniciativas, los proyectos y los programas destinados a mejorar la calidad de vida de las personas mayores.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones y entidades de personas mayores y federaciones de asociaciones de personas mayores, sin ánimo de lucro, que tienen que ejercer el programa que fundamenta el otorgamiento o que están en una
situación que legitima la concesión, y que reúnan los siguientes requisitos:

a) Tener como finalidad el desarrollo de las personas mayores y la mejora de su calidad de vida.

b) Estar legalmente constituida y adaptada a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.

c) Estar inscrita en el Registro de Entidades Jurídicas del Gobierno de las Islas Baleares y/o en otros registros de administraciones públicas, cuando corresponda, en fecha anterior a 31 de octubre de 2015.

d) Tener ámbito de actuación en la isla de Mallorca.

e) Tener capacidad jurídica y de obrar.

f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social y con las obligaciones tributarias del Consejo de Mallorca, en el momento de dictarse la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

LÍNEA 1: Alquiler de locales sociales por el período comprendido entre el 1 de octubre de 2015 y el 30 de junio de 2016, ambos incluidos.

Asimismo, se incluirán los gastos relativos al 3T de IRPF de 2015 siempre que se dé el supuesto previsto en la base decimosexta.

LÍNEA 2: Mantenimiento de las entidades por el periodo comprendido entre el día 1 de octubre de 2015 y el 30 de junio de 2016, ambos incluidos, en lo que se refiere a gastos corrientes de consumo de electricidad, gas y agua, teléfono e internet, mantenimiento de equipos informáticos, gastos de comunidad de propietarios, material de oficina, prensa, seguros de responsabilidad civil y daños, limpieza, comunicaciones postales, gastos de imprenta por edición de folletos, revistas, pequeñas reparaciones de los locales y de los equipamientos de la asociación, siempre que no se incremente el valor del inmueble y supongan el mantenimiento del local, etc. En resumen, aquellos gastos corrientes ligados al funcionamiento de la asociación.

LÍNEA 3: Actividades socioculturales por el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2015 y el 30 de junio de 2016, ambos incluidos.

Bloque I: Actividades relacionadas con la salud (actividades de gimnasia, baile, yoga, taixí, pilates, relajación, expresión corporal y psicomotricidad, actividades de estimulación de la memoria).

Bloque II: Talleres intergeneracionales.

Bloque III: Talleres de nuevas tecnologías.

Bloque IV: Formación (conferencias de contenido diverso, cursos de idiomas).

Bloque V: Cultura (actividades de dibujo, pintura, fotografía, corales, talleres de teatro, aprendizaje musical).

Bloque VI: Ocio y tiempo libre (excursiones, manualidades y otras actividades de ocio y tiempo libre).

No se contemplan los gastos de inversión (adquisición de mobiliario, electrodomésticos, equipos informáticos) los gastos relacionados con los comestibles y comidas, las actividades de rifas, sorteos y loterías.

Documentos asociados

Boletín: 16/01/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 8
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento