Subvenciones destinadas a asociaciones, centros y entidades sin ánimo de lucro, para la atención y apoyo a la emigración.

Código de ayuda:

S45573/22

Norma:

ORDEN de 1 de julio de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de octubre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder subvenciones a asociaciones, centros y entidades sin ánimo de lucro que tengan como objeto la financiación de proyectos, de interés general para los emigrantes madrileños, que desarrollen actuaciones dirigidas a:

a) Actuaciones que faciliten la integración del emigrante madrileño en el país de destino.

Actuaciones presenciales de información sobre recursos y servicios disponibles, asesoramiento jurídico, social y laboral.

Actuaciones para mejorar la empleabilidad y las competencias profesionales, así como cursos y actividades para el aprendizaje de idiomas.

b) Ayuda asistencial para madrileños que estén en situación acreditada de precariedad.

c) Actuaciones que faciliten la integración social y cultural con el resto de la comunidad madrileña y española como el desarrollo de programas deportivos o cursos de orientación cultural, etc.

d) Actuaciones para facilitar el retorno:

Asistencia en el país de residencia para la realización de los trámites y gestiones necesarias para retornar.

Asistencia para el retorno de emprendedores y traslado de empresas cuya titularidad corresponda a emigrantes madrileños a la Comunidad de Madrid.

e) Actuaciones que promuevan el potencial de los investigadores madrileños en el exterior, así como el retorno de los mismos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención por beneficiario no podrá superar los 30.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan sede social en el país donde vayan a desarrollar las actividades objeto de esta subvención y entre cuyas finalidades establecidas en sus estatutos conste el desarrollo de alguna de las actividades objeto de la subvención convocada y cumplan con los requisitos.

Requisitos:

a) Hallarse legalmente constituidas e inscritas, en su caso, en la fecha de publicación de las respectivas convocatorias.

b) Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social ante el Estado Español y la Comunidad de Madrid.

c) Presentar un proyecto con las características que se indican en el apartado tercero de la convocatoria.

Cada solicitante podrá presentar un único proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 15/07/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 167
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 22/09/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 226
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 22/09/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 226
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento