Subvenciones destinadas a apoyar la nueva participación en regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, para Aragón.

Código de ayuda:

S20900/23

Norma:

ORDEN AGM/426/2023, de 3 de abril.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la participación en los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, correspondientes a la intervención 7131 “Cooperación para promover la participación en los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios” del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (en adelante, PEPAC), de conformidad con las disposiciones aplicables a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (en adelante, FEADER).

a) Mejorar la posición del agricultor o agricultora en la cadena de valor.

b) Mejorar la respuesta de la agricultura de la Unión a las exigencias sociales en materia de alimentación y salud, en particular de alimentos de alta calidad, seguros y nutritivos producidos de forma sostenible, la reducción del despilfarro de alimentos, así como la mejora del bienestar de los animales y la lucha contra las resistencias a los antimicrobianos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El porcentaje de subvención será de un mínimo del 80% y un máximo del 100% aplicado sobre el gasto subvencionable pagado por la persona beneficiaria.

El importe máximo de subvención será de 3.000 euros por explotación y año.Cada año se publicará la convocatoria de las ayudas, pudiendo participar cada beneficiario en un máximo de cinco convocatorias durante un periodo máximo de 5 años.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Agricultores o agricultoras que vayan a participar por primera vez en cualquiera de los regímenes de calidad definidos en el artículo 2.b) y que se den de alta en el régimen correspondiente, de acuerdo a lo establecido en la pertinente Orden de convocatoria de la ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Tendrán el carácter de gastos subvencionables de la actividad objeto de subvención los gastos satisfechos por la persona benefciaria por la participación en cualquier régimen de calidad y obedecerán a los siguientes costes de acuerdo con lo establecido en el PEPAC para esta Intervención:

a) Coste de inscripción en el régimen de calidad.

b) Cuota anual de participación en el mismo.

c) Costes de los controles de certifcación, incluidos los de la analítica obligatoria fjada en los procedimientos de certifcación de la entidad certifcadora.

2. El régimen de los gastos subvencionables se sujetará a lo previsto en el artículo 34 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en los reglamentos comunitarios que resulten de aplicación.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2023
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 71
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento