Subvenciones destinadas a apoyar la contratacion de personas paradas de larga duracion en Extremadura por Entidades Locales de la Comunidad Autonoma de Extremadura.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S11146/12

Norma:

DECRETO 46/2012, de 30 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/04/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a financiar la contratación de personas desempleadas de larga duración para la ejecución de Obras y/o servicios de interés general y/o social de competencia municipal, tales como infraestructuras y servicios municipales, mantenimiento y recuperación del entorno urbano, mantenimiento de equipamientos educativos y escolares, empleos verdes, tales como desarrollo de la actividad ecológica de un modo natural, promoción o educación
ecológica o medioambiental, salvaguarda del entorno y los recursos naturales, ecoturismo, así como actividades que afecten a la gestión de residuos, gestión de aguas, protección y mantenimiento de zonas naturales y control de la energía, etc., todo ello como medida de integración laboral y auxilio a personas en riesgo de exclusión social.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa e Innovación. (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será equivalente al importe de los costes salariales subvencionables de cada puesto de trabajo, con un límite máximo de 5.500 € por puesto de trabajo, con independencia de que, por eventuales bajas y/o sustituciones, sea ocupado por más de un trabajador.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de los costes salariales, incluida la cuota patronal a la Seguridad Social y demás conceptos
de recaudación conjunta, de las personas desempleadas que sean contratadas para la ejecución de las Obras y/o servicios de interés general y/o social.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias no podrán estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a que se refiere el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. A efectos de acreditar el cumplimiento de los citados extremos, las entidades solicitantes efectuarán declaración responsable, dirigida al órgano que ha de otorgar la subvención, que se incluirá en la solicitud de concesión de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 04/04/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 66
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento