Subvenciones destinadas a apoyar a las sociedades cooperativas de Aragón, en el marco del Plan de Impulso de la Economía Social.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S19146/23

Norma:

ORDEN EPE/340/2023, de 24 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria establece y concreta las condiciones de acceso a subvenciones en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva para el año 2023, destinadas a apoyar a las sociedades cooperativas de Aragón, en el marco del Plan de Impulso de la Economía Social.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Planificación y Empleo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) “Plan de Impulso de Cooperativas”, dotada con 200.000 euros destinados a la financiación de gastos corrientes.

b) “Plan de Inversión de las Cooperativas” dotada con 600.000 euros destinados a la financiación de inversiones.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias

Detalle beneficiarios:

Las cooperativas constituidas de conformidad con la Ley de Cooperativas de Aragón, con la excepción y requisitos establecidos en esta convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán subvencionables los costes que se especifquen en las convocatorias efectuadas con arreglo a las siguientes bases.

2. Los gastos de asesoría jurídica o fnanciera y los gastos notariales y registrales son subvencionables si están directamente relacionados con la constitución de nuevas cooperativas, fusiones y absorciones de las mismas o la creación de grupos cooperativos.

3. Cuando sean objeto de subvención inversiones en activos fijos la entidad beneficiaria deberá destinar los bienes al fn concreto para el cual se concedió la subvención durante cinco años en caso de bienes inscribibles en un registro público o dos años para el resto de bienes.

En el caso de bienes inscribibles en un registro público, deberá hacerse constar en la escritura esta circunstancia, así como el importe de la subvención concedida, debiendo ser objeto estos extremos de inscripción en el registro público correspondiente.

4. No se admitirán pagos en efectivo.

Requisitos:

Con carácter general, las cooperativas benefciarias deberán reunir en el momento de la solicitud los siguientes requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro de Cooperativas de Aragón.

b) Ser de reciente constitución. A estos efectos, la convocatoria defnirá el periodo de tiempo máximo desde su constitución para entender cumplido este requisito.

c) Tener el centro de trabajo en el que se desarrolla la actividad subvencionada en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2023
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 63
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 31/03/2023
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 63
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento