Subvenciones destinadas a actuaciones de mejora de la eficiencia energetica y seguridad en las instalaciones de ascensores existentes pertenecientes a comunidades de propietarios de edificios de viviendas en regimen de propiedad horizontal, en el ambito de la Comunidad Autonoma de Galicia.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S20982/12

Norma:

ORDEN de 1 de junio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/07/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de las subvenciones de la Consellería de Economía e Industria para incentivar actuaciones en materia de mejora de la eficiencia energética y seguridad en las instalaciones de ascensores existentes pertenecientes a comunidades de propietarios de edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal en Galicia (código de procedimiento IN532A).

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No se admitirán a trámite solicitudes con una inversión subvencionable inferior a 3.000 euros.

La intensidad de la ayuda será de un 50% de la inversión subvencionable pero en ningún caso, bajo esta convocatoria, podrá concederse una subvención superior a 3.000 euros por comunidad de propietarios.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las comunidades de propietarios de edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia y legalmente constituidas de acuerdo con los artículos 2 y 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, todo ello, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en las presentes bases, así como los que fundamenten la concesión y los que se prevean en esta orden y en la normativa aplicable.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La sustitución de equipos con una máquina de tracción directa, sin reductor.

b) La sustitución de motores por otros controlados por variador de frecuencia o aparatos con propósito equivalente.

c) Instalación de controles con sistemas de detectores de presencia. El sistema de detección deberá cumplir una VEEI límite de 3,5 según el documento básico HE– 3 (Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación) del Código técnico de la edificación vigente con apagado por sistema de detección de presencia u otro sistema automático inteligente.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en estas bases las personas o entidades en las que concurran las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La acreditación de no estar incurso en dichas prohibiciones se realizará mediante declaración responsable del interesado, que se presentará con la solicitud, tal y como se recoge en el anexo V.

Documentos asociados

Boletín: 08/06/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 109
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento