Subvenciones destinadas a actividades relacionadas con la recuperación de la Memoria Democrática y las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.

Código de ayuda:

S39464/20

Norma:

Orden PCM/725/2020, de 27 de julio. Resolución de 10 de septiembre de 2020. Resolución de 6 de agosto de 2021. Resolución de 20 de septiembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de septiembre de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 16.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden establece la convocatoria de las subvenciones que conceda, en régimen de concurrencia competitiva, el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, con cargo a los créditos de sus presupuestos, a actividades de investigación, estudio y divulgación y otros proyectos que tengan por objeto la recuperación de la Memoria Democrática y el reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Otras

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de la Presidencia , Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Hasta 16.000 euros para actividades dirigidas a la investigación, localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas en fosas de la Guerra Civil y la Dictadura, así como las destinadas a la dignificación de las mismas y, en su caso, de las sepulturas de las personas que murieron en el exilio. El importe anterior se incrementará hasta un máximo de 30.000 euros, para proyectos destinados a intervenciones en fosas en las que exista constancia fehaciente de que los restos que se pretenden recuperar pertenecen a un número superior a diez personas.

b) Hasta 12.000 euros para la realización de estudios e investigaciones relativos a la recuperación de la Memoria Democrática, así como al reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.

c) Hasta 5.000 euros para publicaciones, así como para la organización de cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y demás eventos de tipo científico y/o divulgativo sobre la Memoria Democrática.

d) Hasta 10.000 euros para actividades de recopilación, conservación, estudio y difusión del patrimonio documental escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles, grabaciones sonoras, películas…) o intelectual (manifestaciones artísticas, musicales, literarias…) de la Guerra Civil y/o de la Dictadura.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas concedidas al amparo de estas bases reguladoras, las asociaciones, fundaciones y demás entidades privadas sin ánimo de lucro, así como las universidades creadas conforme a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los organismos públicos de investigación

Dichas entidades habrán de estar legalmente constituidas e inscritas, en su caso, en los correspondientes registros, carecer de ánimo de lucro así como tener incorporados, entre sus objetivos o actividades, los relacionados con la recuperación de la Memoria Democrática y el reconocimiento de las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.

Así mismo, podrán resultar beneficiarias a las agrupaciones de personas físicas que, sin ánimo de lucro, tengan interés legítimo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para lo que habrán de presentar un documento que acredite su existencia y sus fines, hacer constar los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, y nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. Los requisitos exigidos deberán cumplirse a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actividades dirigidas a la investigación, localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas en fosas de la Guerra Civil y la Dictadura, así como las destinadas a la dignificación de las mismas y, en su caso, de las sepulturas de las personas que murieron en el exilio. Las actuaciones anteriores deberán desarrollarse en el marco de lo establecido en el Protocolo de actuación en exhumaciones de víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura, publicado mediante Orden PRE/2568/2011, de 26 de septiembre, en cumplimiento de lo ordenado por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de septiembre de 2011, por el que se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Protocolo de actuación en exhumaciones de víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura.

b) Estudios e investigaciones relativas a la recuperación de la Memoria Democrática, así como al reconocimiento moral de las víctimas de la Guerra Civil y de la Dictadura.

c) Publicaciones y organización de cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y demás eventos de tipo científico y/o divulgativo sobre la Memoria Democrática.

d) La recopilación, conservación, estudio y difusión del patrimonio documental escrito, oral, audiovisual (fotografías, carteles, grabaciones sonoras, películas…) o intelectual (manifestaciones artísticas, musicales, literarias…) de la Guerra Civil y/o de la Dictadura.

Documentos asociados

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