Subvenciones destinadas a abaratar a los agricultores el sobrecoste de la desalación y de la extracción de agua de pozos y de galerías para el riego agrícola en Canarias, previstas en el Real Decreto 217/2019, de 29 de marzo.

Código de ayuda:

S45391/19

Norma:

Real Decreto 217/2019. ORDEN de 11 de julio de 2019. ORDEN de 9 de diciembre de 2019. ORDEN de 28 de mayo de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de agosto de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas por las que se regirá la convocatoria de 2019 de las subvenciones destinadas a abaratar a los agricultores el sobrecoste de la desalación y de la extracción de agua de pozos y de galerías para el riego agrícola en Canarias. A tal fin se establece un sistema de compensación a favor de los agricultores que garantiza la moderación de los precios del agua desalinizada, regenerada o reutilizada, hasta el alcanzar un nivel equivalente al resto del territorio nacional, así como los precios del agua de consumo agrícola fruto de la extracción de pozos y galerías para riego agrícola.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Personas jurídicas, Entidades locales, Corporaciones de Derecho público, Heredamientos, Comunidades de Aguas de Canarias y Comunidades de Usuarios previstas en la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias y en la legislación estatal de aguas, que suministren agua para riego agrícola procedente de pozos o de potabilizadoras y que cumpla con los requisitos exigidos en la base 5.1 de la Orden de 12 de septiembre de 2018, citada en el encabezamiento.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán objeto de subvención los costes eléctricos derivados de la elevación de agua de riego desde pozos o producida en las plantas potabilizadoras, situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.

Para el cálculo de las subvenciones, se tendrán en cuenta los costes incurridos por las personas beneficiarias en la obtención del agua para riego agrícola que precise de la utilización de recursos procedentes de la desalación, de la extracción de aguas de pozos o de galerías para riego agrícola en el periodo de referencia del programa de ayudas. En todo caso, la eficiencia energética representará al menos el 50% de la valoración para el cálculo de cada subvención individualizada.

2. Asimismo, serán subvencionable los costes generales vinculados a los gastos necesarios para llevar a cabo el informe de auditoría exigido en el apartado 2, letra e) del resuelvo séptimo de esta convocatoria, conforme a lo dispuesto en el artículo 31.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta un máximo del 10% de la subvención concedida.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 77
Documento: Real Decreto 217/2019 Descargar Documento
Boletín: 25/07/2019
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 142
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 25/07/2019
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 142
Documento: Descargar Documento
Boletín: 17/12/2019
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 243
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 17/12/2019
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 243
Documento: Modificación Convocatoria (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 04/06/2020
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 110
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 04/06/2020
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 110
Documento: Modificación Convocatoria (Extracto) Descargar Documento