Subvenciones destinadas a PYMES para fomentar el ascenso profesional de la mujer en Castilla y Leon.- Convocatoria 2015.
Código de ayuda:
S44655/12Norma:
ORDEN EYE/1100/2012, de 18 de diciembre. Orden EYE/312/2009, de 13 de febrero. ORDEN EYE/1055/2013, de 17 de diciembre. ORDEN EYE/1114/2014, de 17 de diciembre. Orden EYE/1090/2011, de 26 de agosto. ORDEN EYE/1151/2014, de 22 de diciembre. ORDEN EMP/1139/2015, de 18 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 15 de mayo de 2015.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar en régimen de concurrencia no competitiva, la concesión de subvenciones para el año 2015, dirigidas a incentivar el ascenso profesional de las mujeres trabajadoras en Castilla y León.Categorías Subvención
- Empleo
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El ascenso se subvencionará con una cuantía de 2.100 euros, salvo que la trabajadora desarrolle su actividad en las profesiones y ocupaciones con menos índice de empleo femenino, regulado en la Orden de 16 de septiembre de 1998, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en cuyo caso percibirá una ayuda de 2.650 euros.En el caso de que los contratos sean a tiempo parcial, o a tiempo completo con reducción de jornada por cualquier causa, la cuantía de la subvención se reducirá en proporción a la jornada realizada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las micro, pequeñas y medianas empresas, (PYMES), que realicen la acción subvencionable definida en el Disposición Quinta y desarrollen su actividad empresarial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Incentivar a micro, pequeñas y medianas empresas (PYMES), para fomentar el ascenso profesional de la mujer trabajadora en Castilla y León.La actividad subvencionada es la novación de contratos de trabajo de cualquier modalidad que
suponga un ascenso o promoción profesional de carácter indefinido. En el supuesto de los contratos temporales, la novación deberá llevar aparejada, además, la conversión del contrato temporal en indefinido.
Requisitos:
En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las micro, pequeñas y medianas empresas, PYMES, en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Documentos asociados
Boletín:
20/02/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 35
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 35
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Boletín:
02/09/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 170
Documento: Modificación Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 170
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Boletín:
20/12/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 244
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 244
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín:
26/12/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 247
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 247
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Boletín:
24/12/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 247
Documento: Modificación Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 247
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Boletín:
31/12/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 251
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 251
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Boletín:
05/01/2016
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 2
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 2
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