Subvenciones destinadas a PYMES para fomentar el ascenso profesional de la mujer en Castilla y Leon.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S44655/12

Norma:

ORDEN EYE/1100/2012, de 18 de diciembre. Orden EYE/312/2009, de 13 de febrero. ORDEN EYE/1055/2013, de 17 de diciembre. ORDEN EYE/1114/2014, de 17 de diciembre. Orden EYE/1090/2011, de 26 de agosto. ORDEN EYE/1151/2014, de 22 de diciembre. ORDEN EMP/1139/2015, de 18 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 15 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar en régimen de concurrencia no competitiva, la concesión de subvenciones para el año 2015, dirigidas a incentivar el ascenso profesional de las mujeres trabajadoras en Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El ascenso se subvencionará con una cuantía de 2.100 euros, salvo que la trabajadora desarrolle su actividad en las profesiones y ocupaciones con menos índice de empleo femenino, regulado en la Orden de 16 de septiembre de 1998, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en cuyo caso percibirá una ayuda de 2.650 euros.

En el caso de que los contratos sean a tiempo parcial, o a tiempo completo con reducción de jornada por cualquier causa, la cuantía de la subvención se reducirá en proporción a la jornada realizada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las micro, pequeñas y medianas empresas, (PYMES), que realicen la acción subvencionable definida en el Disposición Quinta y desarrollen su actividad empresarial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Incentivar a micro, pequeñas y medianas empresas (PYMES), para fomentar el ascenso profesional de la mujer trabajadora en Castilla y León.

La actividad subvencionada es la novación de contratos de trabajo de cualquier modalidad que
suponga un ascenso o promoción profesional de carácter indefinido. En el supuesto de los contratos temporales, la novación deberá llevar aparejada, además, la conversión del contrato temporal en indefinido.

Requisitos:

En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones objeto de la presente convocatoria las micro, pequeñas y medianas empresas, PYMES, en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 20/02/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 35
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/09/2011
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 170
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 20/12/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 244
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 26/12/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 247
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 24/12/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 247
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 31/12/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 251
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento
Boletín: 05/01/2016
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 2
Documento: Modificación Bases Descargar Documento