Subvenciones destinadas a Ayudas Individuales para la Adquisición de Ayudas Técnicas y Eliminación de Barreras.

Código de ayuda:

S58455/05

Norma:

Orden de 14-12-2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Establecer las bases reguladoras y convocar en régimen de concurrencia competitiva ayudas individuales para:
- Adquisición de ayudas técnicas (instrumentos que faciliten su relación o mejore su autonomía).
- Eliminación de barreras arquitectónicas en edificios particulares, con la finalidad de hacer accesibles el interior de las viviendas o el acceso a las mismas.

2. Quedan excluidas de esta Orden las prestaciones ortoprotésicas.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Puede comprender el coste total o sólo parte del mismo y como máximo 15.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Tendrán la condición de titular de la ayuda:
1. El solicitante a quien se le concede la ayuda, a título propio o a favor de otros como representante legal o guardador de hecho.
2. El solicitante a quien se le concede a título propio o aquella persona que por razón de la edad o capacidad legal necesite de otra que le represente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A/Las ayudas podrán ser concedidas para actuaciones ya ejecutadas o en fase de ejecución, siempre que no hayan sido previamente denegadas y cuyo inicio haya tenido lugar dentro del año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud.

B/Modalidad de las ayudas: técnicas para terapia y entrenamiento; para protección y cuidado personal; para movilidad; para tareas domésticas; adaptación viviendas y otros edificios; para comunicación, información y señalización; para manejo de productos y mercancias; para esparcimiento y para eliminacion barreras en edificios y viviendas habituales.

Requisitos:

a) Residir de manera efectiva y continuada en la Región y estar empadronado en alguno de sus municipios, con una de antiguedad de una año, a fecha de solicitud.
b) Tener reconocido un grado de minusvalía de al menos 33%; en el caso de menores de 6 años, presentar trastornos en su desarrollo o riesgo de padecerlos.
c) Concordancia entre la discapacidad y la ayuda solicitada.
d) Poseer domicilio fiscal en la región.
e) No hallarse incurso en procedimiento de reintegro de subvenciones.
d) No encontrarse en cualquiera de las circunstancias previstas en el art.13 de la Ley General de Subvenciones.

Los mayores de 70 años pueden solicitar esta ayuda individual en todo caso, para su domicilio habitual, previo informe médico normalizado (Anexo I).

Documentos asociados

Boletín: 22/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 257
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento