Subvenciones destinadas a Asociaciones, Organizaciones y Federaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias para la realización deprogramas formativos en materia de consumo, de actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y sostenible, para el funcionamiento de las oficinas de atención e información a las personas consumidoras y para el fomento del asociacionismo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Código de ayuda:

S13419/21

Norma:

Orden de 6 de abril de 2021.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Programas de actividades dirigidos a fomentar, potenciar y mejorar los conocimientos de consumo, a través de la formación y el asesoramiento de las personas consumidoras.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Salud y Familias (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

1. Las Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias constituidas con arreglo a la Ley 13/2003, de 17 de diciembre de 2003, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía que tengan como ámbito de actuación la provincia y que estén inscritas en la sección primera del Registro de Asociaciones y Organizaciones de Personas Consumidoras y Usuarias de Andalucía.

2. La Federaciones de Asociaciones u Organizaciones y Confederaciones de personas consumidoras y usuarias constituidas con arreglo a la Ley 13/2003, de 17 de diciembre de 2003, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía que tengan como ámbito de actuación la provincia y que estén inscritas en la sección segunda del Registro de Asociaciones y Organizaciones de Personas Consumidoras y Usuarias de Andalucía.

3. Quedan expresamente excluidas de la presente orden, como entidades solicitantes, la sociedades cooperativas previstas en el artículo 2.2 del Decreto 121/2014, de 26 de agosto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Actividades educativas para la promoción de un consumo responsable, solidario, sostenible y de calidad en los centros educativos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. Actividades formativas dirigidas a las personas consumidoras y usuarias para la mejora de sus conocimientos generales en materia de defensa y protección de sus derechos de consumo.

3. Actividades formativas dirigidas a las personas consumidoras y usuarias para la mejora de sus conocimientos y competencias en materia de suministros, vivienda y telecomunicaciones.

4. Actividades formativas dirigidas a las personas consumidoras y usuarias para la mejora de sus conocimientos y competencias en materia de viajes, transporte y ocio.

5. Actividades formativas dirigidas a las personas consumidoras y usuarias para la mejora de sus conocimientos y competencias en materia de banca, contratos de financiación y seguros.

7. Actividades formativas dirigidas a las personas consumidoras y usuarias para la mejora de sus conocimientos y competencias en materia de consumo responsable y sostenible.

8. Actividades formativas dirigidas a las personas consumidoras y usuarias para la mejora de sus conocimientos y competencias en otros productos y servicios.

9. Funcionamiento general de la oficina de atención a las personas consumidoras y usuarias para la información, mediación, tramitación y gestión de reclamaciones.

Requisitos:

1. Estar inscritas en el Registro de Asociaciones y Organizaciones de Personas Consumidoras y Usuarias de Andalucía, de conformidad con el Decreto 121/2014, de 26 de agosto, por el que se regula el Régimen Jurídico y el Registro de Asociaciones y Organizaciones de Personas Consumidoras y Usuarias de Andalucía, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Que el ámbito de actuación territorial establecido en los estatutos de la entidad solicitante sea provincial.

3. Que el ámbito de concurrencia territorial, para solicitar la subvención, sea la provincia en la que la entidad tenga su domicilio social.

4. Que cuenten con la existencia de más de 300 personas asociadas y unos ingresos mínimos por cuotas de personas asociadas de 3.000 euros anuales durante el año anterior a la convocatoria. En el caso de Federaciones de Asociaciones y Organizaciones para el cumplimiento de este requisito de personas asociadas y cuotas de personas asociadas de este apartado se tendrán en cuenta tanto las personas asociadas propias como las del conjunto de las asociaciones u organizaciones que la integren.

Documentos asociados

Boletín: 15/04/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 70
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento