Subvenciones del programa de prácticas no laborales realizadas por jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S00082/17

Norma:

ORDEN EMP/1098/2016, de 27 de diciembre. Resolución de 30 de diciembre de 2016. ORDEN EMP/71/2017, de 26 de enero. Resolución de 23 de febrero de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de 2017, y siempre antes del inicio de las prácticas no laborales.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2017, en régimen de concesión directa, subvenciones del programa de prácticas no laborales realizadas por jóvenes que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden EMP/1098/2016, de 27 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del programa de prácticas no laborales realizadas por jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La determinación de la cuantía máxima de la subvención será: para los gastos derivados de las acciones de tutoría y evaluación de las prácticas no laborales: la suma de la cuota empresarial a la seguridad social más el importe previsto por la empresa en concepto de beca de apoyo a los destinatarios de las prácticas, con el límite de 1,2 veces el IPREM mensual vigente en cada momento. Para los gastos de auditoría de la documentación justificativa de los gastos realizados y de la elaboración del informe auditor, será como máximo 100 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, en los términos establecidos en la presente orden, las personas físicas, las personas jurídicas de naturaleza privada y las comunidades de bienes, que tengan ánimo de lucro y hayan formalizado con el Servicio Público de Empleo de Castilla y León un convenio de colaboración para el desarrollo de prácticas no laborales.

Requisitos:

a) Estar inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil e incluidos en la lista única de demanda constituida conforme a lo previsto en el artículo 99 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, y mantener las siguientes condiciones:

• No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de inicio de las prácticas.

• No haber recibido acciones educativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 90 días naturales a la fecha de inicio de las prácticas.

En el supuesto de que haya finalizado su participación en el sistema educativo, no deberá haber recibido acciones educativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 30 días naturales anteriores a la fecha de inicio de las prácticas.

• No haber recibido acciones formativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 30 días naturales a la fecha de inicio de las prácticas.

b) Tener residencia en cualquier localidad del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

c) Estar en posesión de una titulación oficial universitaria, titulación de formación profesional, de grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última, correspondiente a las enseñanzas de formación profesional, artísticas o deportivas, o bien un certificado de profesionalidad.

d) No haber tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional superior a tres meses en la misma actividad, entendiendo por tal el desempeño de actividades de contenido y responsabilidad semejantes a aquellas por las que va a realizar las prácticas no laborales. No se tendrán en cuenta a estos efectos las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención de las titulaciones o certificados correspondientes.

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