Subvenciones del programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y a la redacción de proyectos de rehabilitación, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU.

Código de ayuda:

S54882/22

Norma:

Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Orden de 13 de septiembre de 2022

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 700

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar en la Comunidad de Castilla y León subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios (proyectos técnicos de rehabilitación).

Esta convocatoria se efectúa en el marco del Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, procediendo su financiación de los fondos Next Generation EU.

La finalidad de esta convocatoria, en línea con lo dispuesto en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, es contribuir al cumplimiento de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el ámbito de la rehabilitación residencial contribuyendo a alcanzar las metas establecidas a lo largo del periodo de aplicación del plan.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las personas físicas propietarias o usufructuarias de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y las de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas.

b) Las personas jurídicas de naturaleza privada propietarias de los edificios.

c) Las corporaciones locales propietarias de los inmuebles.

d) Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

e) Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.

f) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios e viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son actuaciones subvencionables: la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos técnicos de rehabilitación.

El libro del edificio existente para la rehabilitación contendrá, de manera detallada, los aspectos relacionados en el anexo I del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, que se refieren a la siguiente información:

a) Bloque I:

1.º Características constructivas del edificio, su estado de conservación y mantenimiento y las deficiencias constructivas funcionales, de seguridad y de habitabilidad observadas.

2.º El comportamiento energético del edificio, mediante el Certificado de Eficiencia Energética, firmado por el técnico competente.

3.º Las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones,

b) Bloque II:

1.º El diagnóstico del potencial de mejora de las prestaciones del edificio, en relación con los requisitos básicos definidos en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, y 2.º

Un Plan de actuaciones para la renovación del edificio que permita alcanzar su optimo nivel de mejora, mediante una intervención, en su caso, por fases priorizada y valorada económicamente.

El plan de actuaciones deberá incluir específicamente medidas o conjuntos de medidas que permiten alcanzar un ahorro en consumo de energía primaria no renovable superior al 30 %, indicando ahorro estimado en cada caso. Se plantearán medidas o conjuntos de medidas para cada uno de los tres niveles establecidos en los artículos 15 y 34 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, para la cuantificación de las ayudas en los programas 1 y 3, reducción del consumo de energía primaria entre el 30 % y el 45 %, entre el 45 % y el 60 %, y superior al 60 %.

Requisitos:

Requisitos de los edificios objeto de las actuaciones.-

Los edificios objeto de las actuaciones subvencionables deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar situados en el territorio de la Comunidad de Castilla y León y finalizados antes del año 2000.

b) Que al menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.

Documentos asociados

Boletín: 06/10/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 239
Documento: Bases Reguladoras - Real Decreto 853/2021 Descargar Documento
Boletín: 16/09/2022
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 180
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 16/09/2022
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 180
Documento: Convocatoria 2022 (Completa) Descargar Documento