Subvenciones del programa de apoyo a proyectos de investigación en ciencia aplicada, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Código de ayuda:

S22373/23

Norma:

Orden EDU/498/2023, de 19 de abril. Orden de 24 de abril de 2023. Orden de 14 de noviembre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de diciembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones del programa de apoyo a proyectos de investigación en ciencia aplicada, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Educación (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) La petición de ciento ochenta mil euros (180.000 €), incluirá:

1º Sesenta mil euros (60.000 €) para gastos de investigación (material científico inventariable, material fungible, viajes y dietas, servicios externos y difusión de resultados), costes indirectos, contratación de actividades científico-técnicas e indemnizaciones por fin de contrato.

2º Ciento veinte mil (120.000 €) en gastos de personal para la contratación de un investigador doctor. Cada contrato durará 3 años con un importe de hasta cuarenta mil euros al año (40.000 €/año).

b) La petición de sesenta mil euros (60.000 €), no subvencionará la contratación de personal investigador doctor ni incluirá costes indirectos, por lo que financiará solamente los gastos en investigación y contratos de actividades científicotécnicas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Las universidades públicas de Castilla y León.

b) Los organismos públicos de investigación, cuando la solicitud provenga de uno de sus institutos ubicados en Castilla y León.

c) Infraestructuras científico-técnicas singulares situadas en Castilla y León.

d) Las universidades privadas sin ánimo de lucro con sede en Castilla y León.

e) Las fundaciones de ámbito sanitario con sede en Castilla y León que tengan dentro de los fines y actividades de sus estatutos, la investigación, y realicen su labor investigadora a través de personal que mantenga una vinculación laboral acreditable con la misma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos en material científico inventariable.

b) Gastos en material fungible.

c) Gastos en servicios externos a la entidad u organismo beneficiario.

d) Gastos en viajes y dietas.

e) Gastos en difusión y presentación de resultados.

f) Gastos de personal para la contratación de investigadores doctores, determinado en el artículo 3.5, incluyendo los salarios, las cuotas de la Seguridad Social, e indemnizaciones por fin de contrato.

g) Gastos de personal para la contratación de actividades científico-técnicas, determinado en el artículo 3.6, incluyendo los salarios, las cuotas de la Seguridad Social, e indemnizaciones por fin de contrato.

h) Costes indirectos.

Requisitos:

a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. mediante la presentación de una declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de dichas obligaciones, de conformidad con el artículo 6. a) y c) del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula tal
acreditación en materia de subvenciones.

b) Cumplir el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

c) La llevanza de una contabilidad separada o un código contable adecuado en relación con todas las operaciones que desarrollen, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (EU) n.º 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021. Se entenderá que se cumple con esta obligación cuando cada uno de los gastos esté perfectamente identificado en la contabilidad y separado de cualquier otro gasto distinto.

d) Existencia de medidas destinadas a garantizar la igualdad de género y la protección del medioambiente.

Documentos asociados

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