Subvenciones del programa de Orientacion Profesional y Cultura Empresarial, correspondientes al ejercicio 2009.

Código de ayuda:

S13900/08

Norma:

Resolucion de 13 de febrero de 2008. Orden de 14 de marzo de 2006. Resolucion de 3 de febrero de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/02/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer la convocatoria pública para la concesión de las subvenciones, a otorgar por el Servicio Regional de Empleo y Formación durante el año 2008, reguladas en la Orden de la Presidenta del Servicio Regional de Empleo y Formación de 14 de marzo de 2006 (BORM número 81, de 7 de abril) por la que se establecen las bases reguladoras de los programas de orientación profesional, cultura empresarial, y programas experimentales.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Servicio Regional de Empleo y Formación (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria:

a) Para el programa de “Orientación Profesional y Cultura Empresarial”
- Las Organizaciones Empresariales.
- Las Centrales Sindicales.
- Las Cámaras Oficiales de Comercio.
- Las Fundaciones que tengan por objeto el fomento de la cooperación y el desarrollo del diálogo y la comunicación entre las esferas académica y empresarial.

En todo caso, se exigirá que tengan su sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que sus estatutos se encuentren inscritos en el registro correspondiente dentro del plazo de presentación de solicitudes.

b) Podrán ser beneficiarios de las subvenciones del Programa de orientación para el empleo y asistencia al autoempleo –OPEA– las Corporaciones Locales de la Región de Murcia y las entidades sin ánimo de lucro que, teniendo personalidad jurídica propia y careciendo de fines lucrativos, tengan su sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La actividad subvencionada consiste en la realización de acciones de información, asesoramiento,
motivación, orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, todo ello con la fi nalidad de mejorar las posibilidades de ocupación e integración de los demandantes de empleo inscritos en las Oficinas de Colocación que presentan mayores difi cultades para su inserción laboral.

Las distintas modalidades de subvención contempladas en la presente convocatoria se estructuran en
los dos programas siguientes:

1. Programa de Orientación Profesional y Cultura Empresarial.
1.1. Subprograma de Orientación Profesional.
1.2. Subprograma de Cultura Empresarial.

2. Programa de Acciones de Orientación Profesional para el Empleo y Asistencia al Autoempleo (OPEA).
En lo no dispuesto expresamente en la presente Resolución, serán de aplicación la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Orden de bases, y la restante normativa de general y pertinente aplicación.

Requisitos:

Serán requisitos necesarios para poder obtener la condición de benefi ciario de las subvenciones que se
convocan, no encontrarse el solicitante en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, “General de subvenciones”, y en particular, deberá:

a) Hallarse al corriente de las obligaciones fiscales respecto a la Hacienda Regional. Estarán exceptuadas de
la obligación de acreditación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia las administraciones públicas, así como los organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público dependientes de aquéllas

b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c) Encontrarse al corriente en las obligaciones económicas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
Los requisitos enumerados serán exigibles, en todo caso, en el momento de realizar la propuesta de concesión de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 10/04/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 83
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/02/2008
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 50
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 07/02/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 31
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento