Subvenciones del programa de Lanzaderas de empleo y emprendimiento solidario en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Código de ayuda:

S21437/25

Norma:

Orden IND/32/2025, de 4 de julio. Orden IND/35/2025, de 23 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de agosto de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 39.375

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La puesta en marcha de diecisiete lanzaderas de empleo y emprendimiento solidario. Trece de ellas generalistas, dirigidas a personas desempleadas en general, dos a personas desempleadas jóvenes y dos a personas mayores de 45 años.

Se entiende por lanzaderas de empleo y emprendimiento solidario, aquellos proyectos que permiten incrementar, a través de la intervención de una persona entrenadora profesional o coach, denominada coordinadora LEES, las probabilidades de sus participantes para encontrar empleo, mejorando las estrategias de auto postulación de cara a la contratación por terceros, o bien uniéndose a otras personas para encontrar un empleo individual o colectivo, o bien creando pequeñas empresas para el desarrollo del autoempleo.

A los efectos establecidos en esta orden, se entiende por participantes a las personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo y servicios o solicitantes de servicios en el Servicio Cántabro de Empleo, así como las personas inscritas como demandantes de empleo y servicios o como solicitantes de servicios, ocupadas, con una jornada de trabajo inferior a veinte horas semanales, seleccionadas para participar en cada lanzadera y que serán tutorizadas por cada persona de coordinación LEES.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo, Innovación, y Comercio (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe máximo por entidad beneficiaria: 39.375,00 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas los municipios y las entidades locales supramunicipales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o sus entidades dependientes, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Los establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

b) Que gocen de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto.

c) Que tengan una población censada superior a 7.000 habitantes, según las últimas cifras de población publicadas por el Instituto Nacional de Estadística a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, resultantes de la revisión del padrón municipal.

d) Contar con la infraestructura mínima.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos salariales de coordinador/a LEES

b) Gastos de organización y funcionamiento

Documentos asociados

Boletín: 11/07/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 133
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/07/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 146
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 31/07/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 146
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento