Subvenciones del programa de Lanzaderas de empleo y emprendimiento solidario en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Código de ayuda:
S21437/25Norma:
Orden IND/32/2025, de 4 de julio. Orden IND/35/2025, de 23 de julio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 14 de agosto de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 39.375 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La puesta en marcha de diecisiete lanzaderas de empleo y emprendimiento solidario. Trece de ellas generalistas, dirigidas a personas desempleadas en general, dos a personas desempleadas jóvenes y dos a personas mayores de 45 años.Se entiende por lanzaderas de empleo y emprendimiento solidario, aquellos proyectos que permiten incrementar, a través de la intervención de una persona entrenadora profesional o coach, denominada coordinadora LEES, las probabilidades de sus participantes para encontrar empleo, mejorando las estrategias de auto postulación de cara a la contratación por terceros, o bien uniéndose a otras personas para encontrar un empleo individual o colectivo, o bien creando pequeñas empresas para el desarrollo del autoempleo.
A los efectos establecidos en esta orden, se entiende por participantes a las personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo y servicios o solicitantes de servicios en el Servicio Cántabro de Empleo, así como las personas inscritas como demandantes de empleo y servicios o como solicitantes de servicios, ocupadas, con una jornada de trabajo inferior a veinte horas semanales, seleccionadas para participar en cada lanzadera y que serán tutorizadas por cada persona de coordinación LEES.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Industria, Empleo, Innovación, y Comercio (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Importe máximo por entidad beneficiaria: 39.375,00 €Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas los municipios y las entidades locales supramunicipales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o sus entidades dependientes, que cumplan los siguientes requisitos:a) Los establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
b) Que gocen de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto.
c) Que tengan una población censada superior a 7.000 habitantes, según las últimas cifras de población publicadas por el Instituto Nacional de Estadística a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, resultantes de la revisión del padrón municipal.
d) Contar con la infraestructura mínima.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos salariales de coordinador/a LEESb) Gastos de organización y funcionamiento
Documentos asociados
Boletín:
11/07/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 133
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
31/07/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 146
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
31/07/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 146
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 146
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento