Subvenciones del programa de Fomento de Empleo denominado "Empleo Publico Local e Institucional".

Código de ayuda:

S29846/09

Norma:

Resolucion de 7 de abril de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de subvenciones para el año 2009 y cuya finalidad es la ejecución de planes de Empleo Público Local e Institucional en la Región de Murcia, de acuerdo con la Orden 10 de abril de 2006 (B.O.R.M. número 109, de 13 de mayo), de la Presidenta del Servicio Regional de Empleo y Formación por la que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento para la concesión de subvenciones en los programas de Empleo Local e Institucional y entidades sin ánimo de lucro, en lo sucesivo Orden de bases.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Para el Subprograma 2.1: las Corporaciones Locales o Entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local, de la Región de Murcia, que contraten trabajadores desempleados para la ejecución de obras o servicios de interés general y social en el ámbito de la colaboración con el Servicio Regional de Empleo y Formación y que gocen de capacidad técnica suficiente para la ejecución del correspondiente proyecto.

Para el Subprograma 2.2: la Administración Regional, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro, de la Región de Murcia, que contraten trabajadores desempleados para la ejecución de obras o servicios de interés general y social en el ámbito de la colaboración con el Servicio Regional de Empleo y Formación y que gocen de capacidad técnica suficiente para la ejecución del correspondiente proyecto.

Requisitos:

a) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Estarán exceptuadas de la obligación de acreditación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia las administraciones públicas, así como los organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público dependientes de aquéllas.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c) Hallarse al corriente de sus obligaciones económicas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.

d) No estar incurso en ninguno de los supuestos de prohibición establecidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 15/04/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 85
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento