Subvenciones del programa Emaitek Industria Hobea para el ejercicio 2025.
Código de ayuda:
S19737/25Norma:
ORDEN de 17 de junio de 2025.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta Orden es establecer las bases y lanzar la convocatoria 2025 de las ayudas públicas destinadas a apoyar la actividad no económica de los centros económicos multifocalizados de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación ejecutada en el ejercicio 2025, asignándoles financiación a través de la evaluación y el análisis de los resultados de su actividad a nivel global. Programa Emaitek Industria Hobea 2025.Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Sin especificar ()¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Este programa subvenciona un porcentaje de hasta el 100% del coste total de la actividad no económica que realice la entidad beneficiaria a lo largo del año de esta convocatoria de 2025.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
Detalle beneficiarios:
Podrán acceder las ayudas previstas en la presente Orden los centros tecnológicos multifocalizados siempre que cumplan los siguientes requisitos:a) Ser agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, RVCTI, en virtud de lo especificado en el Decreto 109/2015, de 23 de junio.
b) Estar acreditados en el Registro Público de Agentes de la RVCTI en la categoría de centros tecnológicos multifocalizados.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.– La finalidad de las ayudas concedidas al amparo de esta Orden es mejorar y orientar al mercado los resultados y capacidades de los centros tecnológicos multifocalizados, trabajando a lo largo de toda la cadena de valor de la I+D, y focalizándose en adquirir nuevos conocimientos con perspectivas de futuro en los ámbitos de especialización identificados en el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación-PCTI Euskadi 2030, impulsando asimismo la colaboración entre los distintos agentes de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.2.– Las subvenciones a conceder no tienen la consideración de ayuda de estado en los términos en que estas son configuradas en la Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (2016/C262/01).
Documentos asociados
Boletín:
01/07/2025
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 123
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 123
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento