Subvenciones del ejercicio 2024 dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA que hayan obtenido evaluación positiva.
Código de ayuda:
S21019/24Norma:
DECRETO 55/2024, de 18 de junio. RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 4 de julio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones correspondientes al ejercicio 2024 de la Línea II, “Subvenciones dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en los proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA que hayan obtenido evaluación positiva”, previstas en los capítulos I y IV Decreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación y empleo ESCALA y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras de los proyectos (DOE núm. 129, de 4 de julio de 2024).En esta línea también se incluyen las subvenciones a las contrataciones de participantes que finalicen con evaluación positiva en proyectos del Programa de Escuelas Profesionales Duales de Empleo financiados al amparo de la Resolución de 17 de marzo de 2023, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2023 dirigida a entidades promotoras.
Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación empresarial
- Empleo
- Formación
- Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda por cada contratación será igual al resultado de multiplicar por seis el importe mensual del salario mínimo interprofesional o de la retribución establecida en el convenio colectivo de aplicación (incluyendo la parte proporcional de una paga extraordinaria) y de las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del empleador vigentes en el momento de la contratación.Esta cuantía se incrementará en un 7% en concepto de costes indirectos por la tutorización de cada contratación, de conformidad con lo establecido en el artículo 54.a) del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de
Visados.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas privadas, personas autónomas o profesionales colegiados, bien sean personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o sociedades civiles, entidades sin ánimo de lucro o uniones temporales de empresas que realicen contratos que cumplan las siguientes condiciones:— La contratación por la que se solicita subvención se habrá llevado a cabo en el plazo de tres meses desde la finalización del proyecto del Programa de formación y empleo ESCALA o del proyecto del Programa de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura financiado al amparo de la convocatoria de subvenciones a entidades promotoras aprobada por la Resolución de 17 de marzo de 2023, o en su caso en la ampliación de dicho plazo, en ocupaciones relacionadas con la familia profesional a la que pertenezca la correspondiente especialidad formativa, a una persona participante que haya superado con evaluación positiva la totalidad del itinerario formativo, o antes de la finalización del proyecto, pero cuando ya haya transcurrido como mínimo el 80 % de su duración y se haya impartido y evaluado la totalidad del itinerario formativo de la especialidad, debiendo informarse de las contrataciones, en su caso, a la representación legal de los trabajadores en la empresa.
— El centro de trabajo esté ubicado en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— La empresa solicitante debe desarrollar una actividad económica.
— La jornada de trabajo sea a tiempo completo y la duración del contrato sea como mínimo de 6 meses. La modalidad contractual entre la empresa y la persona participante será cualquiera de las recogidas en el ordenamiento jurídico vigente para las que se cumplan los citados requisitos.
— Las retribuciones salariales sean las del salario mínimo interprofesional vigente o las del convenio colectivo de aplicación.
Documentos asociados
Boletín:
04/07/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 129
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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03/10/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 193
Documento: Convocatoria 2024 y Anexos Descargar Documento
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03/10/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 193
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
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