Subvenciones del Programa Nacional de Seleccion Genetica para la resistencia a las encefalopatias espongiformes transmisibles en ovino.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S37946/11

Norma:

Orden de 6 de julio de 2011. Orden de 30 de junio de 2006. REAL DECRETO 1312/2005, de 4 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/08/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el ejercicio 2011, las subvenciones del programa nacional de selección genética para la resistencia a las encefalopatías espongiformes.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Agricultura y Agua (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los ganaderos titulares de explotaciones que cumplan el requisito de ser propietarios de animales
reproductores ovinos, machos, mayores de seis meses de edad, inscritos en un libro genealógico, con algún alelo VRQ en su genotipo, que hayan sido eliminados de la reproducción, por sacrificio o castración, en el periodo comprendido desde la finalización del plazo de solicitud correspondiente a la última convocatoria de estas ayudas hasta la fecha de la solicitud para la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Subvenciones para la aplicación de los programas de selección genética, especificados en el capítulo II.

b) Subvención para la utilización de centros de inseminación artificial, creación de bancos de ADN, creación
de bancos de material genético con destino a la reproducción y desarrollo de programas de inseminación artificial.

c) Indemnizaciones por la eliminación de la reproducción, por sacrificio o castración, de animales ovinos,
machos, mayores de seis meses de edad, inscritos en un libro genealógico, con algún alelo VRQ en su genotipo.

Requisitos:

- Los solicitantes acreditarán no encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, extremo que se acreditará mediante declaración responsable
ante autoridad administrativa o notario público conforme al modelo que se adjunta como Anexo II a la presente Orden.

- Los solicitantes deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y artículo 11b) de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 278
Documento: REAL DECRETO 1312/2005, de 4 de noviembre. Descargar Documento
Boletín: 13/07/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 160
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 12/07/2011
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 158
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento