Subvenciones del Programa Mixto Empleo-Formación para Jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Código de ayuda:

S41946/20

Norma:

Orden de 22 de julio de 2013. Resolución de 31 de julio de 2020. Resolución de 18 de marzo de 2021. Orden de 31 de marzo de 2021. Resolución de 4 de noviembre de 2021. Orden de 16 de marzo de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de noviembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de este Programa Mixto de Empleo-Formación es la de facilitar la inserción laboral de jóvenes desempleados/as beneficiarios/as del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El crédito disponible con que cuenta la convocatoria para la participación en esta actuación es de 1.500.000,00 euros, financiado hasta el 91,89% con recursos FSE POEJ y el 8,11% con Fondos Propios. La cuantía individual estará en función de los gastos de formación para el empleo, educación complementaria y de funcionamiento durante todo el proyecto, así como los gastos salariales del alumnado-trabajador del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y los organismos autónomos dependientes de las mismas cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales y tengan carácter exclusivamente administrativo, que deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios y disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes (PMEF-GJ).

Requisitos:

a) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

b) Hallarse al corriente de sus obligaciones económicas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.

c) No estar incurso en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 27/07/2013
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 173
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/08/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 181
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 06/08/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 181
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/12/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 292
Documento: Ampliación plazo solicitud Descargar Documento
Boletín: 25/03/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 69
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 25/03/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 69
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 21/04/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 90
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 10/11/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 260
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) : 2ª Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 10/11/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 260
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos : 2ª Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 19/03/2022
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 65
Documento: Modificación Bases Descargar Documento