Subvenciones del Programa Formación Profesional Ocupacional Dual (SOC-FPODUAL).

Código de ayuda:

S25155/25

Norma:

Orden EMT/136/2025, de 2 de agosto.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es regular las subvenciones destinadas al Programa Formación Profesional Ocupacional Dual que combina la formación de las personas en situación de desempleo mediante un certificado profesional o formación no conducente a certificado profesional, de acuerdo con lo que indique la convocatoria, y la subvención de un contrato de formación en alternancia con un acompañamiento en todas las fases del proyecto tanto a las personas destinatarias como a las empresas o entidades participantes.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Trabajo (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de esta subvención las entidades constituidas legalmente y con establecimiento
operativo en Catalunya:

a) Administraciones locales de Catalunya o sus organismos autónomos o las entidades con competencia en
materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción del empleo, dependientes o vinculadas a aquellas.

b) Entidades sin ánimo de lucro vinculadas a la atención de los colectivos con especiales vulnerabilidades.

c) Organizaciones sindicales y empresariales así como aquellas que acrediten que representan las
microempresas y/o las personas trabajadoras autónomas de los diferentes sectores a partir de convenios de
adhesión (gremios).

d) Los centros y las entidades de formación acreditadas para impartir la formación vinculada a los certificados profesionales, de acuerdo con la normativa reguladora del subsistema de formación profesional para el empleo y la de los certificados profesionales.

e) Las empresas definidas en derecho mercantil, que dispongan de autorización o acreditación para impartir formación vinculada a los certificados profesionales y/o formación para el empleo, de acuerdo con la normativa reguladora del subsistema de formación para el empleo y de los certificados profesionales.

f) Las personas físicas y jurídicas con capacidad de contratar laboralmente y con centro de trabajo en
Catalunya.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Para desarrollar el programa que regula estas bases, las entidades beneficiarias pueden tener tres roles:

- Rol de agente impulsor o impulsora: desarrollará la actuación de acompañamiento.

- Rol de agente formador o formadora: desarrollará la actuación de formación.

- Rol de agente contratante: desarrollará la actuación de contratación laboral.

Las tres tipologías de roles se pueden desarrollar mediante proyectos formativos presentados por una sola
entidad beneficiaria con capacidad para ejercer los diferentes roles y desarrollar todas las actuaciones de la base 2 de esta Orden o para diversas entidades agrupadas en un solo expediente y cada una ejerciendo su rol.

Documentos asociados

Boletín: 07/08/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9473
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento