Subvenciones del Programa Formación Profesional Ocupacional Dual (SOC-FPODUAL).
Código de ayuda:
S25155/25Norma:
Orden EMT/136/2025, de 2 de agosto.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de estas bases es regular las subvenciones destinadas al Programa Formación Profesional Ocupacional Dual que combina la formación de las personas en situación de desempleo mediante un certificado profesional o formación no conducente a certificado profesional, de acuerdo con lo que indique la convocatoria, y la subvención de un contrato de formación en alternancia con un acompañamiento en todas las fases del proyecto tanto a las personas destinatarias como a las empresas o entidades participantes.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Educación y Ciencia
Empleo
Formación
Juventud
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Empresa y Trabajo (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de esta subvención las entidades constituidas legalmente y con establecimientooperativo en Catalunya:
a) Administraciones locales de Catalunya o sus organismos autónomos o las entidades con competencia en
materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción del empleo, dependientes o vinculadas a aquellas.
b) Entidades sin ánimo de lucro vinculadas a la atención de los colectivos con especiales vulnerabilidades.
c) Organizaciones sindicales y empresariales así como aquellas que acrediten que representan las
microempresas y/o las personas trabajadoras autónomas de los diferentes sectores a partir de convenios de
adhesión (gremios).
d) Los centros y las entidades de formación acreditadas para impartir la formación vinculada a los certificados profesionales, de acuerdo con la normativa reguladora del subsistema de formación profesional para el empleo y la de los certificados profesionales.
e) Las empresas definidas en derecho mercantil, que dispongan de autorización o acreditación para impartir formación vinculada a los certificados profesionales y/o formación para el empleo, de acuerdo con la normativa reguladora del subsistema de formación para el empleo y de los certificados profesionales.
f) Las personas físicas y jurídicas con capacidad de contratar laboralmente y con centro de trabajo en
Catalunya.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Para desarrollar el programa que regula estas bases, las entidades beneficiarias pueden tener tres roles:- Rol de agente impulsor o impulsora: desarrollará la actuación de acompañamiento.
- Rol de agente formador o formadora: desarrollará la actuación de formación.
- Rol de agente contratante: desarrollará la actuación de contratación laboral.
Las tres tipologías de roles se pueden desarrollar mediante proyectos formativos presentados por una sola
entidad beneficiaria con capacidad para ejercer los diferentes roles y desarrollar todas las actuaciones de la base 2 de esta Orden o para diversas entidades agrupadas en un solo expediente y cada una ejerciendo su rol.
Documentos asociados
Boletín:
07/08/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9473
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9473
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento