Subvenciones del Programa Eurovida Salud Mental, para personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).

Código de ayuda:

S40373/23

Norma:

Orden de 15 de noviembre de 2023. Resolución de 16 de febrero de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2024, o se agote el crédito presupuestario.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones a conceder para el desarrollo del Programa Eurovida Salud Mental, a través de acciones destinadas a la integración socio-laboral y mejora de la empleabilidad de personas con trastorno mental grave y/o adicciones (TMG/A) en proceso de recuperación, atendidas en la red de salud mental del Servicio Murciano de Salud, mediante subvenciones dirigidas, en esta convocatoria, al empleo por cuenta propia y ajena, así como acciones de acompañamiento

La finalidad de estas subvenciones es mejorar la empleabilidad y lograr la integración social y laboral de las personas con trastorno mental y/o adicciones en proceso de recuperación, que se encuentren en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades, atendidas en la red de salud mental del Servicio Murciano de Salud, mediante el desarrollo de proyectos de vida autónoma e inclusiva.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Salud (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

- Las personas jurídicas públicas o privadas, tales como entidades locales y sus organismos públicos, empresas y entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, con sede social o centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia, así como las personas físicas en alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por cuenta propia o autónomos/as (RETA), que se encuentren en situación que fundamente la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en esta convocatoria.

- Las Empresas de Inserción Social y los Centros Especiales de Empleo con sede social o centro de trabajo en la Región de Murcia que establezcan una relación laboral de nueva creación con las personas con trastorno mental grave y/o adicciones, en proceso de recuperación.

- Las personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación que pudieran incorporarse al mercado de laboral a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA).

- Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas y con sede social o centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia, que contraten y/o mantengan puestos de trabajo para profesionales de apoyo a la recuperación e inserción sociolaboral en salud mental

Requisitos:

a) No estar incursa en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la LGS.

b) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

c) Asumir el compromiso de cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 29 de diciembre de 2021 (BORM n.º 23 de 29 de enero de 2022), de conformidad con el Anexo I.

d) Adicionalmente, en el caso de entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas y con sede social o centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia, y solo para el subprograma 1.5, deberán cumplir además los siguientes requisitos: 1.º Que incluyan en sus objetivos la atención a las personas con trastorno mental grave y/o adicciones en la Región de Murcia.

2.º Estar inscritas en el Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios, o en caso de carecer de dicha inscripción, haber solicitado, antes de la finalización del plazo de solicitud de la subvención, la autorización administrativa previa o de funcionamiento, en concreto para la atención de personas con enfermedad mental y/o adicciones, contando con la misma antes del informe propuesta de la Comisión de Evaluación.

3.º Que formen parte de sus plantillas profesionales, al menos una persona con diagnóstico en TMG/A.

4.º Tener implantación en el Área de Salud en la que propone realizar las actuaciones objeto de la subvención, es decir, que disponga de centros o servicios de atención a personas con trastorno mental grave y/o adicciones atendidas en la red de salud mental del Servicio Murciano de Salud. Además, que exista coordinación con la red pública de salud mental y drogodependencia del área de salud.

5.º Obtener una puntuación mínima de 100 puntos tras la aplicación de los criterios de valoración establecidos en el artículo 12.

Documentos asociados

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