Subvenciones del Patronato Municipal de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Almería.

Código de ayuda:

S50019/05

Norma:

Sesión de 21 de julio de 2005.

Plazo de Solicitud:

Según se establezca en la respectiva convocatoria anual.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de subvenciones para el desarrollo de programas o actividades que complementen o suplan los atribuidos a la competencia local en materia deportiva y que contribuyan a la consecución de uno a varios de los objetivos previstos por el Patronato en cuanto a las actividades físico-deportivorecreativas se refiere.
La concesión de las ayudas previstas en las presentes Bases estará limitada a las disponibilidades presupuestarias que se determinen al efecto.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Ayuntamiento de Almería (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

a) Los clubes deportivos inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas de la Junta de Andalucía, con domicilio social en el municipio de Almería e inscritos en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Excmo. Ayuntamiento de Almería.
b) Las Federaciones deportivas (cuando el proyecto que presenten se desarrolle en Almería capital) para la realización de actividades que contribuyan a la consecución de alguno de los objetivos básicos previstos por el PMD y que se puedan enmarcar dentro de un programa de colaboración mutua.
c) Los clubes deportivos y Delegaciones provinciales de las Federaciones deportivas Andaluzas para la formación de Técnicos Deportivos, cuyas solicitudes se ajusten a la legislación básica contemplada en las presentes bases.
d) Personas jurídicas sin ánimo de lucro (sólo y exclusivamente para la modalidad E) Fomento de Escuelas de Iniciación y Formación Deportiva y Actividades Extraescolares en los Centros de Enseñanza).

No podrán ser destinatarios de subvenciones:
a) Aquellas entidades que se encuentren incursas en expediente de reversión de subvenciones públicas como consecuencia de incumplimiento de los fines de las ayudas concedidas.
b) Las Sociedades Anónimas Deportivas.
c) Aquellas entidades que no se encuentren al corriente de sus obligaciones fiscales con el Excmo. Ayuntamiento de Almería y con el Patronato Municipal de Deportes.
d) Los clubes deportivos expulsados de las competiciones deportivas municipales durante la temporada anterior a la de la solicitud y, en general, aquellas entidades que interfieran negativamente en el funcionamiento de los servicios ofertados por el Patronato.
e) Los técnicos deportivos que hubieran recibido ayuda en una convocatoria anterior y no hubieran superado con éxito el curso para el que se concedió dicha ayuda.
(Para más información consultar Bases).

Documentos asociados

Boletín: 13/10/2005
BO Provincia de Almería- Nº 196
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento