Subvenciones del Patronato Deportivo Municipal con destino a entidades y asociaciones juveniles sin animo de lucro para 2010.

Código de ayuda:

S60491/10

Norma:

siero, a 4 de noviembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/11/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El apoyo a las actividades propias de las entidades o asociaciones juveniles solicitantes, a través de ayudas económicas tanto para los gastos generales como para la realización de actividades y ejecución de proyectos que redunden en beneficio del Concejo y no sean objeto de otras convocatorias de ayudas del Ayuntamiento o sus organismos autónomos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Siero (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima que puede otorgarse a cada solicitante será el importe estimado de la necesidad o el coste total de su objeto, estableciéndose como límite máximo el cien por cien del coste de la actividad a la que se aplique, sin que el importe concedido pueda ser rebasado por desviación en la ejecución.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los solicitantes que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán gastos de funcionamiento y mantenimiento de la entidad aquellos que permitan su normal
funcionamiento y mantenimiento, en lo que se refiere a arrendamiento del local, sede social y luz.

Requisitos:

• Estar legalmente constituida como asociación o entidad e inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
Vecinales, con una antigüedad mínima de 6 meses anterior a la fecha de la convocatoria o, en su defecto, que hubieran solicitado la inscripción con la misma antelación, siempre y cuando ésta resulte viable; asimismo, deberán mantener en el registro sus datos actualizados, en cumplimiento del artículo 17 del reglamento de Participación Ciudadana.

• Carecer de fines de lucro y no depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.

• No hallarse incursos los solicitantes ni sus legales representantes en causa de incapacidad o incompatibilidad ni, en todo caso, en cualquiera de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario, previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 11/11/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 261
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento