Subvenciones del Organismo Autónomo “Madrid Salud” para el apoyo al mantenimiento de proyectos dedicados a la atención integral de las adicciones, realizados por entidades sin ánimo de lucro, en el ejercicio 2023.

Código de ayuda:

S29400/21

Norma:

Acuerdo del Pleno, de 30 de octubre de 2013. Resolución, de 1 de junio de 2021. Resolución de 14 de junio de 2022. resolución de 24 de abril de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de mayo de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar a entidades e instituciones de carácter social, sin ánimo de lucro, para el apoyo al mantenimiento de proyectos de atención integral a las adicciones, esto es, dedicados a la prevención, asistencia y reinserción en el ámbito de las adicciones.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Organismo Autónomo “Madrid Salud” (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total de asciende a un total de 150.000 euros para 2023.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades e instituciones de carácter social, con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A los efectos previstos en esta convocatoria, solo se admitirán aquellos proyectos que se encuadren
en la Línea de Subvención “ESTILOS DE VIDA” del Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias y, más concretamente, en el objetivo operativo (Objetivo general) “Evitar o reducir los problemas de adicción en la población madrileña” realizados por entidades sin ánimo de lucro en la ciudad de Madrid.

Se priorizarán los proyectos destinados a la cobertura de las necesidades en colectivos de alta
vulnerabilidad, que resulten complementarios de los programas y servicios del Instituto de Adicciones de Madrid Salud.

Requisitos:

Tener personalidad jurídica y carecer de ánimo de lucro y:

a) Acreditar que sus fines y actividades sociales coinciden con la finalidad de la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.

b) Estar inscrita en el registro público correspondiente.

c) Desarrollar sus actividades y tener sede en el ámbito territorial del municipio de Madrid.

d) Acreditar un funcionamiento real y efectivo en el municipio de Madrid durante, al menos, los
dos años anteriores a la solicitud.

e) Contar con medios materiales y personales suficientes para ejecutar el proyecto cuya subvención se solicita sin que, en ningún caso, se condicione la ejecución del mismo a la obtención de la subvención.

f) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

g) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.

h) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

i) No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el requerimiento al que se refiere el artículo 70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante RGS) se hubiera realizado o no. La apreciación de esta prohibición se realizará de forma automática y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.

j) No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), para
obtener la condición de beneficiario de subvenciones.

Documentos asociados

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