Subvenciones del Instituto de la Juventud para el año 2011.

Código de ayuda:

S13673/11

Norma:

Resolución de 9 de febrero de 2011. ORDEN IGD/3723/2008, de 10 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar el movimiento asociativo juvenil y su participación social, así como al fomento de programas que posibiliten la autonomía y promuevan la igualdad de oportunidades de los y las jóvenes.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Igualdad ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades u organizaciones de carácter no gubernamental.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Programas dirigidos a apoyar el movimiento asociativo juvenil y su participación social.
Los programas tienen por objeto contribuir en el mantenimiento, funcionamiento y equipamiento así como en las actividades habituales de las entidades y organizaciones.

El mantenimiento y funcionamiento incluye la financiación de los siguientes gastos:

La contratación del personal de la entidad.

Las reuniones de los órganos de gobierno.

Los originados por la pertenencia a Organismos internacionales.

Gastos derivados del local en que se ubique la sede social de la Entidad (arrendamientos, reparaciones, etc.), así como suministros, material de oficina, telefonía, correo y otros análogos.

El equipamiento incluye medios informáticos, ofimáticos, audiovisuales y mobiliario para las sedes de las Entidades juveniles y obras de conservación o de adecuación de los inmuebles de dichas sedes.

2. Programas de intervención que posibiliten la autonomía y promuevan la igualdad de oportunidades de los y las jóvenes.
Los programas tienen por objeto la intervención directa de las asociaciones juveniles y de las entidades prestadoras de servicios a la juventud, en las diferentes áreas con mayor riesgo de marginación juvenil, a través de las siguientes actuaciones:

Actuaciones que posibiliten la emancipación de los y las jóvenes a través del acceso a la formación, al empleo y al autoempleo.

Actuaciones que promuevan entre la juventud hábitos de vida saludable, y fomenten acciones para la prevención de enfermedades de transmisión sexual, embarazos no deseados, consumo de drogas, alcoholismo, tabaquismo y trastornos de la conducta alimentaria.

Actuaciones que promuevan la participación de la juventud a través del asociacionismo y la cooperación al desarrollo, y que afiancen el voluntariado como parte de la promoción de la participación ciudadana y sensibilicen sobre el valor y la importancia del voluntariado, en cumplimiento de los objetivos del Año Europeo del Voluntariado.

Actuaciones que desarrollen valores de convivencia, diversidad y derechos humanos, y actuaciones destinadas a favorecer el conocimiento mutuo y el aprecio de la diversidad, a promocionar valores cívicos de una cultura de paz, así como a mejorar la integración y capacitación de los inmigrantes.

Actuaciones que desarrollen programas de sensibilización, para prevenir y erradicar la violencia de género y por razón de la orientación sexual.

Actuaciones del movimiento asociativo juvenil relacionadas con la cultura, el ocio y el tiempo libre y la conservación del medio ambiente.

Requisitos:

1. Estar legalmente constituidas como:

a) Asociaciones juveniles, Federaciones o Confederaciones de Asociaciones Juveniles.

b) Secciones Juveniles de entidades sociales u organizaciones no gubernamentales que tengan reconocidos en sus Estatutos autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles.

c) Entidades prestadoras de servicios a la juventud, dedicadas con carácter habitual a la realización de actividades en favor de la juventud según previsión expresa en sus Estatutos.

2. Tener ámbito de actuación estatal según sus Estatutos. En atención a sus especiales circunstancias, podrán participar en la presente convocatoria las entidades u organizaciones no gubernamentales cuyo ámbito territorial de actuación sean Ceuta y Melilla.

3. Acreditar documentalmente tener sede abierta y en funcionamiento en el ámbito de varias Comunidades Autónomas.

4. Carecer de fines de lucro. A estos efectos, se consideran también entidades sin fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.

5. Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia necesaria para ello.

Documentos asociados

Boletín: 20/12/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 30
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/03/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 63
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento